Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

El juez decide si una parte debe pagar los costos de la demanda para la otra parte. Su sentencia puede incluir los honorarios pagados al Mariscal y al Tribunal. Su fallo no incluirá los honorarios pagados al servidor de procesos especiales para dar servicio al demandado. Consulte SCR-SC 15 (a). Algunos juicios incluyen el pago de intereses sobre el monto adeudado. Consulte el Código de DC § 15-109. La tasa de interés de sentencia es la tasa legal o legal de interés, a menos que la reclamación se base en un contrato que establezca otra tasa. La tasa de interés legal o legal está disponible en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores (Edificio B del Tribunal, Sala 120) y en Internet en http://www.dccourts.gov/dccourts/superior/civil/index.jsp. Las sentencias contra el Distrito de Columbia o sus empleados u oficiales no pueden incluir una tasa de interés superior al 4% por año. Si la acción se basa en un contrato, la tasa de interés de juicio es la tasa establecida en el contrato, desde la fecha en que venció y pagó, hasta que se pagó. Consulte el Código de DC §§ 28-3302 y 15-108.

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pequeñas demandas