Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Mediación de Apelación

Para brindar a los litigantes representados la oportunidad de participar en la mediación, el 9 de enero de 2017, el tribunal inició un programa de Mediación de Apelaciones mediante la Orden Administrativa 4-16. Con ciertas excepciones, todos los casos civiles en apelación del Tribunal Superior, la Oficina de Audiencias Administrativas y las Agencias Administrativas, Juntas y Comisiones del Distrito de Columbia son elegibles para ser seleccionados para la mediación obligatoria.

Las partes no representadas por un abogado no serán elegibles para participar en la mediación. En abril 3, 2018, el Tribunal emitió Orden Administrativa 2-18 permitir a los abogados, con el consentimiento informado del cliente en cuanto a los objetivos y el alcance de la representación, entrar en una presentación limitada con el propósito de la mediación. Esto no impide que el abogado y el cliente firmen un acuerdo de representación que estipule que el abogado represente al cliente para la apelación completa.

En todos los casos elegibles presentados después de enero 23, 2017, el abogado deberá presentar una Declaración de Evaluación de Mediación con el Aviso de Apelación o Petición para Revisión. El personal del programa revisará la declaración preliminar y otros documentos presentados en el tribunal de apelación y podrá consultar con el abogado, para determinar si un caso es apropiado para la mediación. Si se selecciona el caso para la mediación, el tribunal emitirá una orden de mediación que identificará al mediador del panel del tribunal que medirá en el caso. El mediador será responsable de programar todas las sesiones de mediación. En la mayoría de los casos seleccionados para la mediación, los plazos de apelación serán suspendidos hasta que finalice el proceso de mediación.

El abogado deberá proporcionar una Declaración de mediación confidencial al mediador y al personal del programa de mediación dentro de los 15 días posteriores a la fecha de la orden de mediación. Se anima a los abogados a proporcionar información en su declaración que ayudará al mediador a ayudar a las partes a resolver su apelación. La sesión de mediación inicial debe ocurrir dentro de los 45 días posteriores a la fecha de la orden de mediación.

Título (Tenga en cuenta que todos los formularios deben enviarse en inglés). Descargue en archivo PDF (ingles)
Preguntas Frecuentes Descargar
Orden Administrativa 4-16 Descargar
Orden Administrativa 2-18 Descargar
Acuerdo para mediar Descargar
Declaración de Mediación Confidencial Descargar
Código DC, Título 16, Capítulo 2 Descargar
Declaración de revisión de la mediación (recurso administrativo) Descargar
Declaración de revisión de la mediación (apelación civil) Descargar

Uniéndose a la Pro Bono Panel de abogados de mediación

El Programa de Mediación de Apelaciones actualmente recluta abogados voluntarios que estén interesados ​​en representar pro se partes en casos que han sido seleccionados para la mediación.

Si un caso involucra un pro se el litigante es seleccionado para la mediación y el litigante quiere participar en la mediación, el litigante será referido a un abogado del panel que ha expresado su disposición a aceptar dichas referencias del Programa de Mediación de Apelaciones. Si el litigante y el abogado acuerdan trabajar juntos, celebrarán un acuerdo de representación limitado con el propósito de la mediación de acuerdo con Orden Administrativa 2-18. Si el caso no se resuelve en la mediación, el litigante y el abogado pueden celebrar un acuerdo de representación que estipule que el abogado represente al litigante para la apelación completa.

Estar calificado para servir como representantes pro bono. abogado de mediación, los solicitantes deben ser miembros acreditados del Colegio de Abogados de DC, tener al menos 2 años de experiencia como abogado practicante en casos civiles y completar la capacitación requerida proporcionada por el Tribunal de Apelaciones. Los abogados que no han representado a las partes en la mediación o en una apelación deben asegurarse de que tendrán la supervisión o el apoyo adecuados de un abogado con experiencia antes de aceptar una referencia del cliente.

Aplicación

Para aplicar para servir como representantes pro bono. abogado de mediación, complete el Pro Bono Solicitud de abogado de mediación y enviarlo a mediación [At] dcappeals.gov (subject: Web%20Application%3A%20Pro%20Bono%20Mediation%20Counsel%20Panel%20Application) (mediación[en]dcappeals[punto]gov).

 

Convertirse en un Mediador Voluntario

El Programa de Mediación de Apelaciones está reclutando voluntarios que están interesados ​​en convertirse en mediadores de la corte. Los mediadores deben tener licencia para ejercer la abogacía en cualquier estado de los Estados Unidos y tener una experiencia significativa en la mediación de casos litigiosos. Se requerirá que los mediadores participen en un programa inicial de orientación y capacitación auspiciado por el tribunal y que medie un mínimo de casos 2 durante un período de un mes 18. El tribunal también ofrecerá capacitación opcional periódica y oportunidades educativas sin costo para los mediadores de los grupos.

Aplicación

Los mediadores que deseen solicitar ser miembros del panel, descargue y envíe el solicitud en línea. a mediación [At] dcappeals.gov (subject: Web%20Application%3A%20Becoming%20a%20Volunteer%20Mediator) (mediación[en]dcappeals[punto]gov).

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Comunicado de Prensa sobre el Lanzamiento del Programa de Mediación de Apelaciones - Jan 12, 2017 Descargar

Mediadores de Apelaciones

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Nina J. Falvello  
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Peter H. Goldberg  
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Para más información sobre la mediación, póngase en contacto con:

Teléfono: 202-879-9936

*Tenga en cuenta que las reuniones y consultas con el coordinador del programa de mediación son solo con cita previa. Las personas sin cita previa no tendrán acceso a la sala de mediación para garantizar la confidencialidad de los participantes en la mediación.