Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Un solicitante que se haya graduado de una facultad de derecho que en el momento de la graduación fue aprobado por la Asociación de Abogados de los Estados Unidos o que esté certificado por el decano de dicha facultad de derecho como elegible para la graduación podrá tomar el examen de la barra. Un solicitante autorizado a tomar el examen de la barra de conformidad con la "certificación del decano" mencionada anteriormente no puede ser admitido en la barra sin antes haber presentado al director de Admisiones un certificado de que el solicitante se ha graduado con un JD o LL.B. la licenciatura.

Un solicitante que se graduó de una escuela de derecho no aprobada por la Asociación de Abogados de Estados Unidos se le permitirá tomar el examen de la barra solo después de completar con éxito al menos 26 horas semestrales de estudio en las materias evaluadas (consulte la Regla 46 (b) (8) (iii) )) en el examen de la barra en una facultad de derecho que en el momento de dicho estudio fue aprobado por la Asociación de Abogados de Estados Unidos. Las 26 horas semestrales se obtendrán en cursos de estudio, cada uno de los cuales se concentrará sustancialmente en una sola materia examinada.