Obtenga una orden de protección

La División de Violencia Doméstica está ubicada en 500 Indiana Avenue NW, Room 4510. El DVD acepta todas las aventuras de forma remota, ya sea en línea, por correo a la dirección indicada anteriormente, por correo electrónico a "DVD [at] dcsc.gov" o en persona.

Nuestras oficinas están ubicadas en:

  • 500 Indiana Ave NW, Suite 4510, Washington, DC 20001 (ubicación noroeste)
  • 2041 Martin Luther King Jr Ave SE, Suite 400, Washington, DC 20020 (ubicación sureste)

La División de Violencia Doméstica maneja solicitudes para:

  • Órdenes de protección civil (CPO)
  • Órdenes contra el acecho (ASO)
  • Órdenes de protección de riesgo extremo (ERPO)

Además, la División de Violencia Doméstica se ocupa de los siguientes asuntos penales:

  • Casos de delitos menores de violencia doméstica (DVM)
  • Casos de desacato criminal (CCC)

A Orden de Protección Civil (CPO) es una orden judicial en la que un juez puede exigir que una persona siga ciertos requisitos, que incluyen, entre otros, mantenerse alejados, no contactar o cometer cualquier delito contra la persona que solicita el CPO. La persona que presenta el CPO se llama "peticionario", y la persona contra la que se presenta el CPO se llama "demandado". El tribunal puede otorgar el CPO por un máximo de 2 años a la vez. Un CPO se emite después de que el demandado ha tenido la oportunidad, o se le ha brindado la oportunidad, de estar presente en una audiencia judicial. Después de que se emite un CPO, se pueden presentar mociones de desacato si se viola el CPO. Cuando es apropiado, los jueces de la División de Violencia Doméstica también adjudican casos relacionados de divorcio, custodia, visitas, paternidad y manutención que involucran a las mismas partes, así como ciertas acciones civiles relacionadas.

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An Orden contra el acecho (ASO) es una orden judicial en la que un juez puede exigir a una persona que cumpla con ciertos requisitos, que incluyen, entre otros, mantenerse alejado, no contactar ni cometer ningún delito contra la persona que solicita la ASO. La persona que presenta la ASO se denomina "solicitante" y la persona contra la que se presenta la ASO se denomina "demandado". El tribunal puede otorgar una ASO para garantizar la seguridad del solicitante después de alegar que el demandado está acosando al solicitante y que al menos un incidente ocurrió en los últimos 90 días. Una ASO se emite después de que un demandado haya tenido la oportunidad, o se le haya brindado la oportunidad, de estar presente en una audiencia judicial. Después de que se emite una ASO, se pueden presentar mociones por desacato si se viola la ASO.

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An Orden de protección contra riesgos extremos (ERPO) Es una orden judicial en la que un juez puede ordenar que un arma de fuego, municiones, un certificado de registro, una licencia para portar una pistola oculta o una licencia de comerciante de un individuo sean retiradas de la posesión de alguien que represente un riesgo extremo para sí mismo o para los demás. La solicitud puede ser realizada por una persona que esté relacionada con la otra parte por sangre, adopción, tutela, matrimonio, pareja de hecho, tener un hijo en común, cohabitar o mantener una relación romántica, de citas o sexual; O miembro del Departamento de Policía Metropolitana; O un profesional de salud mental según lo define el Código de DC 7-1201.01 (11).

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División de violencia doméstica

Liderazgo
Juez Presidente
Honorable. Sean Grapas
Diputado Juez Presidente
Honorable Juliet McKenna
Director
Rita Blandino
Subdirector
Camille Tucker Mills
Ubicación
Oficina del secretario
Tribunal de Moultrie
500 Indiana Avenue NW, Sala 4510
Washington
,
el Distrito de Columbia
20001
Centro de Admisión de Violencia Doméstica - Principal
Tribunal de Moultrie
500 Indiana Avenue NW, Sala 4510
Washington
,
el Distrito de Columbia
20001
Centro de Atención de Violencia Doméstica - Sureste
Edificio Profesional Anacostia
2041 Martin Luther King, Jr. Ave. SE, Suite 400
Washington
,
el Distrito de Columbia
20020
Horario de Atención
De lunes a viernes 08:30 am - 05:00 pm
Sabado domingo: Cerrado
Para tener una audiencia civil de emergencia el mismo día, las presentaciones deben recibirse en la Oficina del Secretario antes de las 3 p. m.
Contácto de Prensa
Oficina del secretario
teléfono
202-879-0157
DVIC - Principal
teléfono
(202) 879-0152
DVIC - Sureste
teléfono
(202) 879-1500