Una persona es elegible para compensación por el Programa de Compensación de Víctimas del Crimen si ...

  • La víctima sufrió lesiones personales (lesiones físicas o trauma emocional) o la muerte en el Distrito de Columbia, o la víctima es un residente del Distrito que ha sufrido lesiones personales como resultado de un acto terrorista o acto de violencia masiva cometido fuera del Estados Unidos.
  • El delito se denunció ante las autoridades policiales dentro de los siete días siguientes a su ocurrencia. Excepciones:
    • Las víctimas de agresión sexual pueden satisfacer el requisito de denuncia obteniendo una orden de protección civil temporal o una orden de protección civil, un examen médico forense o denunciando el delito a una oficina policial antes de que expire el plazo de prescripción aplicable para ese delito.
    • Las víctimas de violencia doméstica pueden satisfacer el requisito de denuncia obteniendo una orden de protección temporal o civil del tribunal o un examen médico forense.
    • Las víctimas de crueldad infantil pueden satisfacer el requisito de informe si presentan una petición por negligencia ante el Tribunal Superior de DC.
    • Las víctimas de acoso pueden satisfacer el requisito de denuncia obteniendo una orden antiacoso temporal o una orden antiacoso.
  • La solicitud de indemnización se presenta en el plazo de un año desde el delito. Excepciones:
    • Dentro del año siguiente a su conocimiento del Programa, demostrando adecuadamente que la demora en conocerlo fue razonable. El tribunal podrá exigir una explicación de la demora en la presentación.
    • Existe una orden de modificación de la pena, o
    • Existe una orden que modifica las penas de prisión, o
  • La víctima coopera razonablemente con las solicitudes de las autoridades.
  • La víctima no participó, consintió ni provocó el delito que causó su lesión.
  • La concesión de una indemnización no enriquece injustamente al infractor.

Programa de Compensación para Víctimas del Crimen

Liderazgo
Director interino del programa
LouEthel Green-Williams
Ubicación
Edificio de la corte A
515 Quinta Calle NW
Aula 109
Washington
,
el Distrito de Columbia
20001
Horario de Atención
De lunes a viernes 08:30 am - 05:00 pm
Sabado domingo: Cerrado
Contácto de Prensa
Información General
teléfono
(202) 879-4216
fax
(202) 879-4230
o enviar un email.
Oficina del CVCP [at] dcsc.gov