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Tribunales del Distrito de Columbia
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Procedimientos de intervención (INT / IDD)

Información General

Tutela y curaduría

¿Qué es la tutela?

La tutela es un acuerdo legal en el que un tribunal designa a una persona (el tutor) para tomar ciertas decisiones por otro adulto (el tutelado) que, según el tribunal, no puede tomar algunas decisiones de forma segura por sí solo..

¿Existen alternativas menos restrictivas?

Sí, existen alternativas menos restrictivas que pueden ayudar a un adulto a tomar decisiones sin la necesidad de un tutor, llamadas Alternativas Menos Restrictivas (LRAs).

¿Qué significa "menos restrictivo"?

Significa brindarle a alguien sólo la ayuda que realmente necesita, no quitarle la libertad de tomar decisiones si todavía es capaz de hacerlo.

Ejemplos de alternativas menos restrictivas:
  • Poder notarial (planificación anticipada)

    • Qué es: Eliges a alguien de confianza para que te ayude con decisiones económicas o de salud. if Nunca podrás hacerlo tú mismo.

  • Directiva anticipada (planificación de la atención médica)

    • Qué es: Escribe qué atención médica deseas if No puedes hablar por ti mismo.

  • Beneficiario representativo

    • Qué es: Alguien en quien usted confía le ayuda a administrar su Seguro Social u otros beneficios gubernamentales.

  • Toma de decisiones con apoyo

    • Qué es: Las personas en las que confías te ayudan a entender las opciones, pero piensa Todavía toma la decisión final.

  • Ayuda informal de familiares, amigos y agencias comunitarias

    • Qué es: Alguien en quien usted confía le ayuda sin necesidad de intervención judicial.

¿Por Qué Esto Importa?

Con tutela: Un juez dice que otra persona toma decisiones por usted. Podría perder ciertos derechos legales.

Con alternativas: Mantienes la mayor independencia posible. Recibes ayuda con lo que necesitas, pero sigues teniendo el control de tu vida.

Es la diferencia entre:

  • Tener a alguien asumir tus decisiones (tutela)
  • Tener a alguien ayuda tú con tu vida (alternativas)

La meta: Brindar a las personas el apoyo que necesitan respetando su dignidad y libertad para tomar sus propias decisiones.

Dónde obtener más ayuda e información en DC

Para obtener información adicional sobre la legislación para personas mayores, las alternativas menos restrictivas (LRA) y los servicios de apoyo en Washington, DC, visite las siguientes organizaciones y recursos:

La tutela como último recurso

Presentar una demanda de tutela ante los tribunales es un paso muy serio. Significa que un juez decide que otra persona tomará decisiones importantes para usted o su ser querido.

La tutela sólo se aplica cuando otras opciones menos restrictivas no brindan suficiente apoyo para mantener a la persona segura.


Procedimientos de Intervención

Informe completo del formulario de tutor con la ayuda de formularios en línea | Preguntas frecuentes sobre procedimientos de intervención

Se abren procedimientos de intervención para adultos 18 o mayores que viven en el Distrito de Columbia, están incapacitados y necesitan ayuda con la atención de la salud, la calidad de vida o las decisiones de colocación o el manejo de las finanzas u otros activos.

El peticionario tiene la carga de probar que el sujeto de la petición está incapacitado según lo define la ley en el Distrito de Columbia mediante evidencia clara y convincente.

Un "individuo incapacitado" se define en el Código de DC, sec. 21-2011(11), como un adulto (es decir, alguien que tiene 18 años o más) "cuya capacidad para recibir y evaluar información o comunicar decisiones está deteriorada a tal punto que carece de la capacidad de administrar todos o algunos de sus recursos financieros o de satisfacer todos o algunos requisitos esenciales para su salud física, seguridad, habilitación o necesidades terapéuticas sin asistencia ordenada por el tribunal o el nombramiento de un tutor o curador".

El peticionario puede probar su incapacidad adjuntando evidencia médica a la petición o presentando evidencia médica o testimonio ante el tribunal en la audiencia que se programará el día en que se presente la petición y se llevará a cabo aproximadamente un mes después.

A menos que el Tribunal declare que el sujeto está incapacitado, no se le designará tutor ni curador, por lo que el solicitante debe aportar la mayor cantidad posible de pruebas de incapacidad. Dichas pruebas incluyen historiales médicos e informes forenses, los cuales pueden presentarse junto con la petición.

Elementos necesarios para solicitar la designación de un tutor y / o conservador

A Petición para un procedimiento general, evidencia médica, Declaración de antecedentes penales, Aviso de audiencia en relación con el asunto, Aviso de audiencia de otras personas, y una Ordenar Consejero, Examinador, Visitante y / o Guardián ad Litem debe ser presentada. Una declaración de antecedentes penales debe ser presentada por cualquier persona que esté buscando un cónyuge. Un Orden sobre el alivio temporal puede ser necesaria si se solicita ayuda de emergencia. Se requiere una tasa de presentación de $ 45.00 pagadera a "Registro de Testamentos" si se solicita una orden conservadora o de protección y se puede pagar por cheque o giro postal a nombre de "Registro de Testamentos", en efectivo o tarjeta de crédito (Visa, MasterCard, Discover, American Express).

Presentar la petición

Cuando se presenta la petición para un procedimiento general, la División Legal de la División de Sucesiones la revisa para asegurarse de que se han presentado todos los documentos necesarios y que las presentaciones cumplen con los requisitos mínimos legales. El día en que se presenta la petición, se programará una fecha de audiencia aproximadamente un mes después. La petición se transmite luego a un juez para que se designe al abogado del pupilo y, si el peticionario así lo ha solicitado y el Tribunal lo acepta, el nombramiento de un examinador, un visitante y / o un tutor ad litem. Si se ha solicitado un alivio temporal (como el pago de facturas de carácter urgente o la congelación de cuentas para detener el mal manejo de los fondos del sujeto), el Juez decidirá si otorgar tal alivio y emitir una orden apropiada. Copias de todas las órdenes firmadas por el Juez serán enviadas por correo o eServed al peticionario, a su abogado, al sujeto ya cualquier otra parte.

El abogado y cualquier examinador, visitante o guardián ad litem designado para el tema normalmente visitarán el tema tan pronto como sea posible para prepararse para la audiencia. El peticionario deberá comparecer ante la audiencia con los testigos que el peticionario desee presentar y deberá presentar el formulario titulado Conclusiones de hechos, conclusiones de ley y orden y si el peticionario solicita su nombramiento, el formulario titulado Declaración de Antecedentes Penales si aún no ha sido presentado. El abogado del sujeto aparecerá, generalmente con el sujeto. Si un visitante, examinador o guardián ad litem ha sido nombrado, esa persona también debe comparecer en la audiencia. La Corte escuchará la evidencia presentada y ordinariamente decidirá en la audiencia si nombrar a un tutor o curador, quién será esa persona, si se requiere obligación y, en caso afirmativo, el monto de la fianza. La Corte podrá limitar o restringir los poderes de la persona designada; por ejemplo, la venta de la casa de un pupilo es a menudo restringida, por lo que no puede ocurrir sin la orden de la corte. Después de la cita, un conservador debe presentar un inventario y plan dentro de 90 días y una cuenta anual en o antes de la fecha de aniversario de la cita más 30 días.

Después de la cita, un tutor debe presentar los resultados de una verificación de antecedentes penales realizada por el Departamento de Policía Metropolitana dentro de los días 60 y un informe de verificación de antecedentes de huellas dactilares del FBI dentro de los días 180 (ver información sobre Cómo obtener su verificación de antecedentes penales) Cualquier irregularidad en cualquiera de los informes se señalará a la atención del juez con la responsabilidad del caso para la acción y se programará una audiencia sin previo aviso. Las posibles acciones en la audiencia incluyen la eliminación del tutor y el nombramiento de otra persona como tutor sucesor.

El tutor también debe presentar una Plan de Tutela dentro de 90 días de la fecha de nombramiento y una Informe de Guardian no menos a menudo que cada seis meses a partir de la fecha del aniversario de la cita. Si un tutor o conservador necesita más tiempo para presentar algo que él o ella tiene que presentar, el tutor o conservador puede presentar una moción para solicitar más tiempo. La moción debe explicar la razón por la que se necesita más tiempo y estimar el tiempo adicional requerido. Los poderes de un tutor se enumeran en DC Code, sec. 21-2047. Las limitaciones de las facultades de un tutor se enumeran en DC Code, sec. 21-2047.01. Los poderes de un conservador se enumeran en DC Code, sec. 21-2070. Si un tutor o conservador necesita hacer algo que él o ella no tiene el poder de hacer, se puede presentar una cita para solicitar la petición para pedir permiso o instrucciones al Tribunal.

Recursos
Contacto
División de Sucesiones

Juez que preside: Honorable Erik Christian
Juez Presidente Adjunto: Hon. Michael O'Keefe
Dirección: Nicole Stevens
Director Adjunto: Aisha Ivey Nixon

Registro de testamentos: Nicole Stevens
Subsecretario de testamentos: John H Middleton

Edificio de la corte A
515 Fifth Street, NW, tercer piso
Washington, DC 20001

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