Cualquiera de las partes puede presentar una solicitud para que un jurado escuche su caso, ya sea inicialmente al presentar su nueva demanda o mediante una Moción a más tardar 14 días después de la notificación del último documento que planteó la cuestión que desea que un jurado decida. Puede presentar su solicitud en la Oficina del Secretario, de manera electrónica o por correo postal.
En cuanto al derecho a juicio por jurado y a la demanda de jurado en casos presentados en la División de Acciones Civiles, una parte puede exigir un juicio por jurado notificando a las otras partes una demanda por escrito a más tardar 14 días después de que se notifique el último alegato sobre el tema y presentando la demanda con base en Super. Ct. Civ. R. 5 (d). Véase Super. Ct. Civ. R. 38. (Véase Super. Ct. Sm. Cl. R. 6 con respecto a la demanda de jurado en casos de reclamos menores).