Un tutor del patrimonio de un menor es una persona designada por el Tribunal para manejar los bienes de un menor y salvaguardarlos hasta que el menor se convierta en 18.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Un conservador es alguien que es designado por el Tribunal en respuesta a la presentación de una petición de un procedimiento general para manejar los ingresos o los activos de la sala para el apoyo, la atención y el bienestar de la sala, de modo que no se desperdicien o se disipen .
Un tutor ad litem ayuda al sujeto a determinar los intereses del sujeto con respecto a la petición de un procedimiento general. Si el sujeto está inconsciente o es totalmente incapaz de determinar sus intereses, incluso con ayuda, el tutor ad litem toma esa determinación. La necesidad de tal cita depende de las circunstancias del caso, y el nombramiento de un tutor ad litem no se solicita con mucha frecuencia.
Un tutor es alguien designado por la Corte en respuesta a la presentación de una petición para un procedimiento general para la atención médica, la calidad de vida, la ubicación (vivienda) y las decisiones legales para una persona incapacitada que tiene dieciocho años o más.
El peticionario es la persona que presenta la petición de un procedimiento general que busca la designación de un tutor y / o tutor para el tema.
Se puede abrir un pequeño proceso de propiedad para las personas que murieron después de abril 26, 2001 y tenían activos con un valor total de $ 40,000.00 o menos. Si la persona murió entre enero 1, 1981 y junio 30, 1995, el valor de la propiedad debe ser $ 10,000 o menos para calificar como una pequeña propiedad. Si la persona murió entre julio 1, 1995 y April 26, 2001, el valor debe ser $ 15,000 o menos para calificar.
Un sujeto es la persona que presuntamente está incapacitada.
Un visitante es un oficial, empleado o designado especial de la Corte que no tiene ningún interés personal en el procedimiento. Un visitante informa al Tribunal sobre la situación actual y las condiciones de vida del pupilo. Un visitante suele ser un trabajador social. Código de DC, sec. 21-2033 (c) y el Tribunal Superior, la Regla de la División de Probate 327 declaran los deberes de un visitante.
Un pupilo es una persona que ha sido encontrada incapacitada por la Corte.
CON es un caso de tutela. Dichos casos se abrieron antes de septiembre 30, 1989 para el nombramiento de un tutor de la propiedad de un adulto incapacitado y, a veces, el tutor de la persona de un adulto incapacitado. Estos casos ahora se abren como casos INT o IDD.
Cuando se presenta una petición para un procedimiento general, la ley en el Distrito de Columbia requiere que el Tribunal designe un abogado para representar el asunto. El Tribunal no designa un abogado para el peticionario, y el abogado designado por el Tribunal no representa al peticionario.
En general, el tipo y la cantidad de activos: los activos de una pequeña propiedad son $ 40,000.00 o menos para personas que murieron después de abril 26, 2001. Se puede abrir una gran finca para un patrimonio de cualquier valor.
Un tutor general tiene poder legal completo para manejar todos los asuntos médicos, legales y de residencia en nombre de un pupilo durante la vida del pupilo o hasta que el tutor renuncie o sea retirado por el Tribunal. Un tutor limitado solo puede manejar atención médica específica o asuntos legales según lo indique el Tribunal. Hay tres tipos de tutor temporal: un tutor de emergencia por no más de 21 días cuando hay una situación que pone en peligro la vida o una situación que involucra atención de emergencia, un tutor de atención médica por hasta 90 días, o un tutor provisional por hasta 6 meses en que el tutor en el lugar no está desempeñando efectivamente sus funciones.
No
1. Una acción para impugnar la validez de un testamento de acuerdo con el Código DC, sec. 20-305
2. Una acción para el pago de una reclamación de acuerdo con el Código de DC, sec. 20-908
3. Una acción para iniciar un procedimiento en sesión plenaria de conformidad con el Código de DC, sec. 16-3105
Cualquier otro reclamo de alivio que no sea requerido por ley o regla para comenzar con la presentación de una petición puede comenzar con la presentación de una queja o una petición de conformidad con el Tribunal Superior, la Regla 407 de la División de Sucesiones.
Un testamento extranjero es un término usado para describir una voluntad que se ha presentado y aceptado en un estado o jurisdicción que no sea el Distrito de Columbia.
Las personas, incluidos los abogados, nombrados para ser representantes personales en pequeñas propiedades, no tienen derecho a ser pagados por actuar como representantes personales. Los abogados de representantes personales en pequeñas propiedades pueden recibir hasta $ 1,000.00 según el tamaño de la herencia y otros pagos aprobados por la Corte en la orden final.
Sí, se puede abrir una pequeña propiedad cuando los bienes del difunto incluyen bienes inmuebles ubicados fuera del Distrito de Columbia. Se requerirá publicación en tal caso.
No. Sin embargo, se puede abrir una gran propiedad cuando sea necesario para obtener registros médicos para cualquier propósito, incluido un posible litigio.
En general, la petición debe presentarse en la jurisdicción en que vive la persona. Es posible que pueda presentar una declaración en el Distrito de Columbia si (1) el Distrito de Columbia es el estado de origen del sujeto o (2) si el sujeto tiene una conexión significativa con el Distrito de Columbia y el sujeto no tiene un estado de origen. , el estado local ha declinado ejercer su jurisdicción, o no hay ninguna petición pendiente antes del estado local, o (3) el Distrito de Columbia no es un estado local ni un estado de conexión significativo, pero el estado local y el estado de conexión significativo se niegan a ejercer jurisdicción, y la jurisdicción en el Distrito de Columbia es más apropiada.
Se recomienda que la petición se presente en persona para que cualquier pregunta se resuelva de inmediato y la petición se procese de manera más eficiente. Si no vive en el área metropolitana de Washington DC o no puede presentarse en persona por cualquier otro motivo, la petición, la tarifa de presentación y los archivos adjuntos requeridos pueden enviarse por correo a la División Probate, Corte Superior de DC, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
El Tribunal puede renunciar a la designación de un examinador cuando se haya presentado un informe por escrito al Tribunal sobre la condición del individuo supuestamente incapacitado. Si no se presenta ningún informe, el tribunal nombrará un examinador.
No; sin embargo, la presentación de una petición para el nombramiento de un tutor y / o tutor comienza un procedimiento legal impugnado (es decir, la persona que presenta la petición tiene la carga de probar la incapacidad del sujeto en una audiencia en la Corte en la que se pueden presentar pruebas presentados, los testigos pueden testificar y ser interrogados, y se pueden hacer argumentos legales). El abogado será nombrado para representar los intereses del sujeto. El abogado no es designado para representar al peticionario.
Sí, si el difunto poseía un activo que necesita ser transferido. De acuerdo con la ley en el Distrito de Columbia, solo un representante personal designado por el Tribunal tiene autoridad sobre cualquier activo que haya sido propiedad exclusiva de una persona que ahora ha fallecido cuando no hay un beneficiario o se debe pagar por la designación de defunción. El representante personal nombrado por el Tribunal recogerá los bienes del difunto y hará la distribución de acuerdo con la orden final que emitirá el Tribunal.
Para emergencias o situaciones de emergencia que pongan en peligro la vida, solicite una cita para un guardián de emergencia temporal de 21. Este tipo de petición se refiere el día en que se archiva ante el Juez de Sala de emergencias en la Corte para ser oída.
Si no hay una emergencia que ponga en peligro la vida o la situación no involucre atención médica de emergencia, se puede solicitar el nombramiento de un guardián de la atención médica de 90 por día. Tales peticiones también se remiten el día de la presentación al Juez de Sala de emergencias.
Presentar una petición de un procedimiento general o, en una situación de emergencia, una petición de nombramiento de un tutor de emergencia para comenzar un caso de intervención y obtener una audiencia. Los dos formularios de Aviso de Audiencia Inicial deben incluirse en la petición de procedimiento general, como lo exige el Tribunal Superior, la Regla de Sucesión de Sucesión 325.
Una persona se convierte en un conservador cuando la Corte nombra a un curador en respuesta a la presentación de una petición para un procedimiento general, evidencia médica y todos los archivos adjuntos.
Una persona se convierte en tutor cuando la Corte nombra a esa persona como tutor en respuesta a la presentación de una petición para un procedimiento general.
Como regla general, si la documentación que se envía para la presentación se completa, solo una vez. Si el papeleo está incompleto o se requieren más documentos de apoyo, es posible que se necesiten más reuniones.
Identifique a los miembros de su familia por nombre e indique que no sabe dónde viven. Si está solicitando una cita como representante personal, pero no tiene prioridad para servir, debe presentar una declaración jurada sobre sus esfuerzos para ubicar a las personas que tienen prioridad para servir.
El representante personal nominado en un testamento o, si el difunto murió sin un testamento, un heredero con la máxima prioridad para servir como representante personal puede presentar una petición para abrir un pequeño proceso sucesorio. El procedimiento de la herencia es siempre más fácil y más rápido si la persona con mayor prioridad para servir presenta la petición para abrir la pequeña propiedad. El orden de prioridad se detalla a continuación.
Si no es heredero del difunto, puede abrir una pequeña propiedad si un heredero que tiene la más alta prioridad hace las co-peticiones con usted. Tenga en cuenta que se deben presentar los consentimientos y renuncias firmados por los demás herederos.
Si usted es heredero del difunto, pero otros herederos tienen prioridad sobre usted, puede presentar una petición para abrir un pequeño patrimonio si tiene renuncias de los herederos con mayor prioridad.
Un acreedor de la herencia también puede abrir una pequeña propiedad mediante la presentación de una petición de legalización estándar.
Las reglas de la Corte Superior requieren que los formularios estén escritos. Sin embargo, la renuncia a la regla puede ser solicitada, y la petición para un procedimiento de patrimonio pequeño puede ser escrita a mano, si es legible. los Aviso de nombramiento, aviso a los acreedores y aviso a los herederos desconocidos debe ser escrito Las máquinas de escribir están disponibles para este propósito en la División de Sucesiones, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC
Envíe un correo electrónico al webmaster de DC Courts webmaster [At] dcsc.gov (webmaster[arroba]dcsc[punto]gov).
Póngase en contacto con la compañía de seguros para determinar su procedimiento para asumir la póliza propiedad de una persona fallecida. Es posible que deba abrir un estado si la póliza de seguro se cobra y los ingresos se pagan al patrimonio del difunto.
No, a menos que quiera contratar un abogado para que lo asista. Las pequeñas peticiones de bienes son bastante simples de completar. Los especialistas en bienes raíces pequeños están disponibles en la Sucursal Legal de la División Testamentaria para responder a cualquier pregunta que quede cuando se presenten las peticiones.
Los gastos que son elegibles para el reembolso son los costos del tribunal, los costos de publicación, los costos administrativos y / o los costos funerarios legales.
Ninguna.
1. Complete los formularios en línea e imprímalos en un archivo.
2.Escriba o visite:
División de Sucesiones
Oficina del Secretario de Sucesiones, sala 314
515 5th Street, NW
Washington, DC 20001
Es necesario abrir una herencia porque desde junio 2006, el gobierno del Distrito de Columbia ha requerido una orden judicial para transferir el título a los vehículos de motor propiedad exclusiva de un difunto.
Un escrito Verificación de Activos se requiere porque confirma el valor y el tipo de un activo y confirma para el Tribunal que el caso está dentro de los límites jurisdiccionales de un pequeño patrimonio. Todos los activos están incluidos en la orden final, y el monto del activo debe ser exacto en el centavo o las distribuciones incluidas en la orden final serán incorrectas.
Sí. La mediación se incluye en la orden inicial y se celebra después de la presentación de la declaración conjunta antes del juicio y antes de la conferencia previa al juicio. El tribunal también puede ordenar la mediación en cualquier momento que considere apropiado, y las partes pueden solicitar una remisión a la mediación mediante una moción presentada ante el tribunal.
No hay costo de corte para presentar una petición para convertirse en guardián de la herencia de un menor.
Los formularios están disponibles en línea. Imprímalos al archivo. Los formularios deben presentarse en persona porque el tutor y el menor propuestos deben reunirse con un Asistente de Registro Adjunto de Testamentos.
No. Un testamento se puede presentar solo después de la muerte de la persona que firmó el testamento.
No. La División Probate maneja tutelas de la propiedad o bienes de un menor. La División Familiar maneja peticiones para el nombramiento de un custodio de un niño cuando se necesita para tomar decisiones de cuidado o custodia. Una petición de nombramiento como custodio debe presentarse en la División de Familia.
No. El testamento original debe presentarse ante la División Testamentaria de la Corte Superior del Distrito de Columbia.
Sí. La ley exige que se presente un a 90 días después de la muerte del testador (es decir, la persona que ejecutó o firmó el testamento).
No. Si la persona murió sin un testamento, puede presentar una petición de prueba para abrir una herencia e indicar en la petición que la persona falleció intestado (que significa "sin testamento"). Si la persona falleció con un testamento, el testamento debe presentarse antes o con los documentos necesarios para abrir un patrimonio.
Sí. Si un abogado designado para el sujeto cree que no es aconsejable que el sujeto asista por algún motivo (como problemas de salud), el abogado puede pedirle al Tribunal que disculpe la apariencia del sujeto presentando una moción para excusar la apariencia del sujeto o del pupilo antes de el oir. Solo el juez puede excusar al sujeto de la audiencia inicial.
Si el Tribunal ya ha emitido órdenes para designar un abogado o cualquier otro participante, presente una moción para retirar. Si no se han emitido órdenes, praecipe puede retirar una petición para un procedimiento general.
Un padre que no puede ser localizado y, por lo tanto, no ha dado su consentimiento a una petición para el nombramiento de un tutor de la herencia de un menor puede ser notificado por publicación u otro método por buena causa que se muestra si el Tribunal así lo ordena.
No. Una petición para el nombramiento de un tutor de la herencia del menor debe presentarse en el estado donde vive el menor.
A veces, la espera es posible. Por ejemplo, si el activo consiste en el producto de una póliza de seguro y la empresa tiene un procedimiento para mantener los activos, la espera puede ser una opción. Si el menor tiene diecisiete años y emancipará pronto, la espera puede ser una opción. Cada situación es diferente. Consulte a un abogado para conocer las opciones.
No. Sin embargo, un curador debe archivar un inventario y cuentas anuales, por lo tanto, si el distrito tiene pocos activos o ninguno, una curatela puede no ser necesaria o apropiada.
Un menor de catorce años o mayor tiene derecho a nombrar un tutor.
Los padres del menor tienen prioridad bajo la ley en el Distrito de Columbia para servir como tutores de un menor, y es más probable que un padre con custodia sea nombrado tutor que un padre sin custodia. Si el Tribunal ha otorgado la custodia del menor a un no-parente, es más probable que el custodio sea nombrado que los padres.
Otras posibilidades dependen de los hechos de la situación. Consulte a un abogado para obtener asesoramiento.
La fianza protege los bienes del menor. El tutor de un menor debe estar afianzado por el monto de los bienes que poseerá más un año de ingresos provenientes de esos bienes. Si el tutor se apropia indebidamente de los bienes, la compañía de fianzas reembolsará al patrimonio del menor el monto que se haya malversado hasta el valor de la fianza. Es poco probable que el Tribunal Superior designe como tutor a alguien que no pueda obtener una fianza.
No, el juez al que se reenvía un informe no puede ser seleccionado por nadie. Cada Informe de Guardián se reenviará al Juez asignado al caso de intervención de ese particular en particular.
De acuerdo con la ley en el Distrito de Columbia, un tutor puede establecer una residencia para el pupilo fuera del Distrito de Columbia.
El personal de Probate está disponible para tomar el juramento requerido en la petición de un procedimiento general o el Informe del tutor.
Aunque Informe de Guardian pueden ser escritos a mano, se recomienda encarecidamente a los tutores que utilicen el formulario interactivo en el sitio web para escribir el informe e imprimirlo para su archivo. Si el formulario de Informe de tutor se escribe o guarda en una computadora personal, se puede actualizar con cualquier cambio cada seis meses, imprimirse y archivarse.
Las cartas de tutela y órdenes que terminan las tutelas deben archivarse o registrarse en la Oficina del Registrador de Títulos para que el aviso de la transferencia del título esté archivado. Hay una tarifa asociada con esta presentación.
Una pequeña cuenta bancaria mantenida en nombre del barrio puede aparecer en el Informe del tutor en el párrafo 22. La Corte determina qué califica como "pequeño".
Comuníquese con el Centro de Recursos de la Oficina de Envejecimiento y Discapacidad de DC al (202) 724-5626 para obtener una lista de los programas diurnos disponibles en el área de DC para una sala de ancianos o discapacitados. El Programa de Asistencia de Tutela del Tribunal en (202) 879-9407 también puede proporcionar orientación y asistencia.
Lleve las cartas de tutela, su identificación y el número de Seguro Social del barrio a un banco del Distrito de Columbia que esté convenientemente ubicado. Abra una cuenta bancaria que se titule en nombre del sujeto y usted mismo como conservador. Por lo general, esta es una cuenta de cheques que devuelve cheques y proporciona estados de cuenta bancarios mensuales porque los estados de cuenta bancarios y los cheques cancelados son necesarios para preparar la cuenta anual y las copias deben presentarse con la cuenta.
Si un distrito tiene activos que consisten en menos de los límites de ingresos y recursos de Medicaid, solicite Medicaid, también conocido como asistencia médica de DC. Una vez que se determina que el pupilo es elegible, Medicaid pagará la diferencia entre cualquier ingreso que tenga el pupilo y la factura del asilo de ancianos, menos una pequeña asignación mensual mensual para el pupilo.
Consulte a un abogado para obtener asesoramiento y dirección. Entre las posibilidades hay una petición para que la regla muestre la causa de la posesión de acuerdo con la Corte Superior, la División de Probate, la Regla 313 en la División de Probate, una demanda por posesión en la Corte de Inquilinos del Arrendador o una queja al Departamento de la Policía Metropolitana.
Presente una Cita de Solicitud de Publicaciones para Terminar la Custodia, una Orden Preliminar de Terminación, un Consejo de Cuestiones de Pedido y una Notificación de Audiencia sobre la Petición Posterior, de conformidad con la Corte Superior, la Regla de Sucesión de la División 334. Después de una audiencia, la Corte emitirá una orden preliminar de terminación, dirigirá la presentación de una cuenta final e informará dentro de los días 60, y nombrará a un sucesor. Una vez aprobada la cuenta final, la Corte tomará una orden final de rescisión.
Presente una Cita de Postulación de Petición para renunciar. El tribunal llevará a cabo una audiencia para determinar si debe finalizar su nombramiento y designar a un tutor sucesor.
Se pueden comprar cartas adicionales o actualizadas por $ 1.00 cada una en la División de Sucesiones, 515 5th Street, NW, Room 314, Washington, DC 20001, o solicitarlas por correo. Para ordenar por correo, complete el Formulario de solicitud de copia y correo con cheque a nombre de "Registro de Testamentos".
Presente una moción para una extensión de tiempo antes de la fecha límite de presentación o una moción para una ampliación de tiempo si la fecha límite de presentación ha pasado. UNA Pro Se Motion formulario está disponible en este sitio web. La moción debe indicar cuánto tiempo adicional se necesita y las razones por las que se necesita más tiempo.
Las cartas son válidas hasta que se resuelva la tutela o la curatela; sin embargo, algunas organizaciones y / o instituciones pueden requerir que las cartas se actualicen o se vuelvan a certificar si tienen más de 60 días.
En general, las cartas se emiten dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la aceptación y el consentimiento y la fianza (si es necesario).
El tutor debe visitar el barrio una vez al mes a menos que el tribunal ordene lo contrario.
Depende de la relación de la persona con el caso y del tipo de audiencia que se lleve a cabo. El pupilo, el tutor o el tutor deben asistir a menos que el abogado les aconseje que no lo hagan. Los avisos de audiencia se envían a todas las personas interesadas en un procedimiento para que se mantengan informados del progreso del proceso. Si la persona que recibe el aviso tiene información importante para el procedimiento, esa persona debe asistir y presentar la información al Tribunal.
Todos los tutores y tutores sucesores designados en casos INT a partir del 1 de julio de 2009 deben presentar una Plan de Tutela Dentro de 90 días de cita.
Si un pupilo ha desaparecido repentinamente, se debe informar de la desaparición a la policía. Si el pupilo ha estado ausente durante mucho tiempo, es posible que no sea necesario un informe. Consulte a su abogado sobre las mejores opciones para su situación. Los métodos para encontrar el pupilo incluyen los siguientes: verificar los registros policiales y hospitalarios, verificar con los Servicios de Alcance para Personas sin Hogar del Distrito de Columbia, listas de refugios para personas sin hogar, iglesias y otras organizaciones caritativas que ayudan a los pobres, registros del Seguro Social y Medicaid, registros bancarios, el Departamento de Vehículos Motorizados, Departamento de Registros Vitales, morgues, servicio de localización de prisioneros, familiares y amigos del pupilo, Internet y empresas de búsqueda que se especializan en búsquedas de personas desaparecidas.
Un tutor tiene el deber legal de actuar en interés del pupilo para garantizar que reciba la atención que el pupilo necesita y vive en un entorno que sea apropiado para las necesidades del pupilo. A veces, cumplir con este deber implica tomar acciones para los mejores intereses del pupilo que no le gustarán. A veces, se puede presentar una petición posterior a la petición cuando es necesario resolver una disputa entre el tutor y el pupilo. Si la relación con el pupilo se ha roto irremediablemente, considere presentar una petición posterior a la cita para renunciar y permitir que el Tribunal designe un tutor sucesor. Consulte a un abogado para que lo asesore.
No, ambos co-guardianes deben trabajar juntos para el bienestar del barrio y deben firmar un informe si es posible.
Si el pupilo y el tutor se han mudado a otro estado, el Tribunal dará por terminado el procedimiento de intervención (1) cuando una petición posterior a la cita para terminar el procedimiento de intervención se presente aquí y sea aprobada por el Tribunal o (2) cuando una petición posterior a la cita para transferir la tutela o tutela a otro estado es presentada y otorgada por el Tribunal. Dichas peticiones deben contener declaraciones sobre si se ha presentado una petición de procedimiento de protección en el nuevo domicilio del pupilo y, de ser así, copias certificadas de cualquier orden emitida con respecto al pupilo en el nuevo estado de domicilio.
Las cartas de tutela son evidencia de la transferencia de todos los bienes de un pupilo (o los bienes especificados en las Cartas) al conservador. Las cartas de tutela son evidencia de que se ha nombrado un tutor que tiene la autoridad para tomar decisiones médicas, decisiones de atención médica, decisiones de calidad de vida y decisiones legales para el pupilo.
Si el tutor no puede desempeñar las funciones de tutor, se debe notificar inmediatamente al Tribunal mediante la presentación de una Solicitud posterior a la designación de conformidad con el Tribunal Superior, Regla de la División de Sucesiones 322 para designar un tutor sucesor. Si el guardián muere, un Aviso de muerte se debe presentar, y se debe presentar una Petición posterior al nombramiento para el nombramiento de un sucesor.
Los costos de la corte se pagan con la primera cuenta. Se pueden adeudar costos adicionales con cuentas posteriores si se reciben activos adicionales.
Si hay algo que hacer para el pupilo y la autoridad para hacerlo está en duda, revise los Resultados del hecho o el orden de la cita para ver si algún documento permite específicamente lo que debe hacerse o lo prohíbe específicamente. Si los Resultados o el orden de la cita no proporcionan ninguna guía, revise los poderes establecidos en el Código de DC, sec. 21-2047 para orientación. Si todavía hay una pregunta sobre la autoridad para actuar, considere presentar una cita de petición solicitando permiso o instrucciones del Tribunal.
Un plan de tutela, informe del tutor, inventario o cuenta debe presentarse dentro del plazo legal. Cuando alguno de estos documentos no se haya presentado antes de la fecha límite legal, se ha programado una audiencia. Una vez que se ha programado una audiencia, el tutor o curador debe asistir, incluso si el artículo se archiva, y los jueces de la División de Probate esperan que la parte que archivó el artículo tarde esté presente en la audiencia.
La ley del Distrito de Columbia requiere una fianza para la protección de los bienes del barrio. En general, un conservador debe poder calificar para un bono que cubra todos los activos de la sala más los ingresos de un año.
El Tribunal tiene la responsabilidad última por el bienestar de cada barrio. UNA Informe de Guardian debe presentarse cada seis meses a partir de la fecha de nombramiento como tutor para que el tribunal se mantenga informado sobre el estado médico, la residencia y el estado general del pupilo para la protección del pupilo. La presentación de dichos informes es un requisito de la ley aplicable del Distrito de Columbia y es una condición para el nombramiento como tutor. Los tutores que no presenten a tiempo el Informe del tutor están sujetos a la remoción por parte del Tribunal. Los informes son revisados por el personal de la División de Sucesiones y, a veces, se les responde mediante una carta del Tribunal.
Cinco. Hay cartas adicionales disponibles por $ 1 cada una.
No. Según la ley en el Distrito de Columbia, el testamento debe hacerse por escrito, firmado por el testador y atestiguado y firmado por al menos 2 testigos creíbles en presencia del testador.
No.
Si no está autorizado para ingresar a la caja de seguridad del difunto, puede solicitar la designación de un administrador especial para abrir la caja de seguridad presentando un Petición para el nombramiento de un administrador especial para ingresar en caja de seguridad y orden.
Presente una solicitud de sucesión estándar y siga el procedimiento establecido en Tribunal Superior, División de sucesiones Regla 403 (a) (4). Vea Presentación de procedimientos probatorios estándar en el Distrito de Columbia.
La División Probate mantiene los testamentos para siempre como parte permanente del registro legal público. El testamento se mantiene en la División Testamentaria por un período de 10 años a partir de la fecha de presentación. Después de 10 años, se archiva de forma permanente.
Si la División Probate le copia un testamento, tendrá un costo de 50 ¢ por página. Si desea visitar la División Probate para copiar el testamento usted mismo, puede hacerlo en la copiadora pública con un costo de 25 ¢ por página.
Las cartas de administración son el documento formal emitido por el Tribunal después de que se presenta una solicitud de sucesión y el Tribunal emite una orden de apertura del patrimonio y el nombramiento de un representante personal. Cuando se designa a un representante personal en un procedimiento de patrimonio grande, las Cartas de administración originales de 12 se incluyen en los materiales que se envían al representante personal o al abogado para su uso en la administración del patrimonio. El representante personal o el asesor legal puede solicitar cartas adicionales a un costo de $ 1.00 cada una. Para solicitar cita como representante personal, ver Presentación de la Administración de la herencia de un difunto (ADM) en el Distrito de Columbia.
Una vez que un testamento ha sido aceptado para su presentación, solo puede ser liberado por orden del Tribunal. Para obtener dicha orden, presente una petición verificada de liberación del testamento y una orden propuesta que autorice la transferencia del testamento. La siguiente información debe incluirse en la petición: (1) los hechos que indican que el testamento se presentó en el Distrito de Columbia por error, (2) los hechos que explican por qué otro estado tiene jurisdicción, (3) la dirección de correo y Número de teléfono del Secretario del Tribunal en la jurisdicción a la que se transferirá el testamento, quien está autorizado a aceptar el testamento en nombre de dicho Tribunal. El Tribunal revisará la petición y emitirá una orden ya sea que la otorgue o la rechace. Se le enviará una copia del pedido. Si se otorga la petición, la Oficina del Registro de Testamentos enviará el testamento a la otra jurisdicción como una transferencia de corte a tribunal.
Si un representante personal designado no desea servir, puede presentar una Renuncia.
La ley en el Distrito de Columbia requiere que se archivará incluso si no hay patrimonio. Si una finca necesita ser abierta o es solvente es un problema separado.
Sí. Se puede presentar una Petición de Autoridad para Invertir o para la Aprobación del Plan o Programa de Inversión y la documentación en apoyo de esa solicitud para la consideración del Tribunal.
Las notificaciones no tienen que enviarse a los padres ni a los custodios. Sin embargo, un padre o custodio puede pedirle al Tribunal que se le permita participar como parte mediante la presentación de una Petición de permiso para participar. Si el tribunal concede la solicitud, el padre o el custodio tienen el derecho de recibir copias de todos los documentos que se presentan.
Sí, sin la aprobación previa del tribunal. La factura y el comprobante de pago deben adjuntarse a la cuenta.
Los fondos de un menor solo se pueden gastar en tres tipos de gastos sin una orden judicial previa: (1) la prima de la fianza, (2) los costos del tribunal y (3) el impuesto sobre la renta sobre el dinero del menor que está retenido por el guardián. Todos los demás gastos deben ser aprobados previamente por el Tribunal. Para obtener la aprobación, el tutor presenta una Petición de autorización para gastar fondos, solicitando al Tribunal que apruebe un gasto en particular y adjunta cualquier documentación de respaldo, como la cotización de una computadora o el folleto de un campamento de verano. También se debe adjuntar un estado financiero de los padres. Los padres son responsables de la comida, la ropa, el alojamiento y la atención médica de los menores, y el Tribunal querrá saber por qué el padre no paga si el gasto que se solicita es para uno de esos gastos.
Ordinariamente, los fondos de un menor no deben usarse para el apoyo del menor porque los padres son responsables del apoyo. Por lo tanto, no debe haber emergencias. Si ocurre una emergencia y el tutor gasta dinero sin la aprobación previa del Tribunal, el tutor puede presentar una petición para la ratificación (aprobación) del gasto, pero será personalmente responsable de pagar el dinero si el Tribunal no ratifica (aprueba) el gasto.
Depende de su relación con el caso y de lo que le está pidiendo al tutor. Si el dinero del menor es necesario para el cuidado del menor y usted es el cuidador del menor, solicite a la Corte que apruebe el gasto. Sin embargo, tenga en cuenta que la Corte deseará saber que el gasto es en el mejor interés del niño en opinión del tutor.
Si se descubren los activos después de que se haya emitido una orden final, se debe presentar una petición suplementaria para el procedimiento de pequeños bienes y la verificación por escrito de los activos recién encontrados. Si la cantidad descubierta aumenta los activos del patrimonio sobre $ 40,000.00, entonces debe presentarse una petición de testamentaria para un estado grande.
Es el formulario de información de cuenta financiera que un tutor debe presentar con la cuenta e incluye información como el nombre en una cuenta, el nombre y la dirección del banco o institución financiera y el número de cuenta. El formulario se mantiene bajo sello y solo está disponible para personal autorizado de la Corte a menos que se incluya de otra manera en el registro público.
Las reglas de la división de sucesiones 204 (a) (4) y (5) requieren que las cuentas se presenten anualmente dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de aniversario de la designación. Las cuentas finales deben presentarse dentro de los sesenta (60) días posteriores al cumpleaños número dieciocho o la muerte o incapacidad del tutor. Se proporciona un horario de fechas de presentación obligatorias al tutor, previa cita.
Antes de la aprobación de una cuenta final, un conservador solo puede desembolsar o gastar de conformidad con una orden judicial que autorice gastos o desembolsos. Dicha orden se obtiene mediante la presentación de una petición ante el Tribunal para tal autoridad de conformidad con el Tribunal Superior, la Regla de División de Sucesión 334. De lo contrario, un conservador debe esperar hasta la aprobación de la cuenta final para hacer la distribución final de los activos del barrio fallecido.
Sí; escriba P. Allen Butler, III, Auditor Branch Manager o Herbert Files, Auditor de Supervisión y solicite una auditoría acelerada de la cuenta. Se deben proporcionar las razones para la solicitud acelerada.
Sí
El curador debe estar presente mientras se realiza la evaluación. Si el curador no estará disponible, el curador debe escribir al tasador del tribunal, designando a la persona que estará presente e incluyendo el número de caso y el nombre. Esa persona debe estar presente mientras se realiza la evaluación.
Llame al auditor de turno al (202) 870-9447, O llame al (202) 879-9434,.
Generalmente, una cuenta se audita dentro de los 30 a 45 días a partir de la fecha de presentación. Si no se ha recibido una notificación de auditoría inicial después de 60 días, comuníquese con el Gerente de la sucursal de auditoría al (202) 879-9429 para indagar sobre el estado de la auditoría.
La evaluación promedio lleva 2 a 3 horas. Si hay más elementos de lo habitual, lleva más tiempo.
No. Una audiencia sumaria solo puede ser anulada por el tribunal (1) en la audiencia o (2) mediante una orden en respuesta a una moción para desalojar la audiencia sumaria presentada por el fiduciario. La moción debe presentarse al menos 13 días antes de la fecha de la audiencia, y se puede usar el formulario Pro Se Motion to Vacate Summary Hearing. Si la moción se archiva menos de 13 días a partir de la fecha de la audiencia, debe ser por consentimiento de todas las partes. La moción debe indicar los motivos de la demora.
A menos que la orden que designa al conservador en un caso INT o IDD restrinja el gasto de alguna manera, no se requiere la aprobación del Tribunal antes de realizar los gastos a menos que el gasto sea una tarifa para el tutor, el tutor o el abogado. Sin embargo, todos los gastos están sujetos a una contabilidad adecuada. Los recibos, facturas, cheques cancelados y extractos bancarios deben presentarse con la cuenta anual en apoyo de todos los gastos. En los casos CON (los archivados antes de septiembre 30, 1989), se requiere la aprobación del Tribunal antes de que se puedan hacer los gastos.
Sí. Una lista de verificación está disponible y se puede encontrar en las páginas 6-11 del Guía de Inventario y Contabilidad.
Sí. Una lista de verificación está disponible en las páginas 6 a 11 de la Guía de inventario y contabilidad y en la Sitio web de la Sucesión de la Sucesión.
Llame al auditor de turno al (202) 879-9447, O llame al (202) 879-9434 para el nombre y número de teléfono del auditor asignado aproximadamente dos (2) días después de que se archiva la cuenta.
En general, los requisitos se revisan dentro de 2 semanas de envío. Sin embargo, en asuntos complejos o cuentas con requisitos de auditoría extensos, el proceso puede tomar más tiempo.
Los formularios necesarios son: (1) Cuenta; (2) Horarios A - L; (3) Programe K-1 para cuentas provisionales, (4) Información de cuenta financiera (Formulario 27) (para información confidencial bajo el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 5.1); (5) copias de extractos bancarios; y (6) copias de cheques, recibos o vales cancelados en apoyo de todas las transacciones. A veces, los estados de cuenta bancarios originales o los cheques cancelados pueden solicitarse durante la auditoría de la cuenta. La Cuenta, los Horarios A - L y la Información de la Cuenta Financiera (Formulario 27) se pueden encontrar en el sitio web de la División de Probate.
El inventario debe presentarse a más tardar en 90 días a partir de la fecha de la orden que designa al conservador o al conservador sucesor.
Aproximadamente una semana después de la evaluación.
Las consultas de auditoría pueden diferir según las circunstancias del caso. Si hay una pregunta con respecto a una auditoría en particular que no puede resolverse con el auditor que realiza la auditoría, escriba a P. Allen Butler, III, Auditoría del Gerente de Sucursal o Anne Meister, Esq., Registro de Testamentos, y solicite una revisión administrativa. Tenga en cuenta que una solicitud de revisión administrativa no se mantendrá el período de respuesta.
Sí. Un formulario titulado Declaración de Reclamación de conformidad con la Corte Superior, La Regla de sucesión de división 307 está disponible en este sitio web.
A veces, la existencia de un poder notarial es pertinente para un procedimiento de intervención. El Tribunal puede aceptar un poder notarial bajo ciertas circunstancias y con propósitos limitados. Consulte al abogado de su elección para obtener asesoramiento sobre este tema.
El Tribunal no puede proporcionar ningún consejo relacionado con la obtención o ejecución de un poder notarial. Consulte a un abogado de su elección.
Presente una Nombramiento de Petición de acuerdo con la Corte Superior, Regla de Sucesión de la División 322 solicitando a la Corte que decida qué debe hacerse.
Presente una Cita de publicación de peticion para eliminar un tutor. Sea específico con respecto a las razones de la eliminación. Se celebrará una audiencia. El juez considerará el contenido de la petición y la evidencia presentada en la audiencia y decidirá si remueve al tutor y si debe nombrarse un tutor sucesor. El sucesor puede ser el peticionario, un familiar o amigo del pupilo, o un abogado del panel fiduciario de la Corte.
El descubrimiento en casos de intervención ocurre solo con el permiso del Tribunal. Presente una moción solicitando permiso para emitir una citación que incluya una descripción de la información que está buscando y una orden propuesta. Si la Corte concede la moción, el abogado puede emitir la citación. Las personas que no están representadas por un abogado deben acudir a la División Testamentaria, la Oficina del Secretario de Sucesión con copias de 3 de una forma de citación completa y una copia de la orden de la Corte que autoriza la emisión de la citación para que se pueda emitir la citación.
Sí. Una respuesta a una petición de procedimiento general puede presentarse hasta cinco días antes del procedimiento general y debe enumerar cualquier objeción que el Juez considere en la audiencia.
Un certificado de notificación informa al Tribunal que se envió por correo a todas las partes una copia del documento que se presenta para su archivo. (Vea arriba para una explicación de quién es una de las partes). La fecha en que se envió la copia a cada parte y el nombre y la dirección postal completa de cada parte deben incluirse en el certificado de notificación. Muchos de los formularios de este sitio web contienen un certificado de servicio que se puede utilizar o utilizar como ejemplo. Los nombres y direcciones contenidos en el certificado de servicio y el nombre y dirección de la persona que presenta el documento también deben aparecer en la lista "cc" al final de la orden propuesta.
Las partes en un procedimiento de intervención incluyen el sujeto del procedimiento, cualquier tutor o curador, la persona que presenta la petición para iniciar el procedimiento de intervención y un acreedor que presenta una petición para determinar el reclamo.
Cualquier otra persona que desee participar en el proceso podrá presentar una Petición de permiso para participar al menos 5 días antes de cualquier audiencia. La petición debe indicar cómo se beneficiará la participación de la persona en los mejores intereses del sujeto. El Tribunal puede conferir la condición de parte a cualquier participante que considere apropiado.
Presente una solicitud de liberación de los fondos retenidos en la cuenta y la orden del depósito de bienes. Si la Corte concede la moción, diríjase a la Oficina del Secretario de Testamentario en el tercer piso en 515 5th Street, NW, con una copia de la orden y la identificación y la información de contacto. Un cheque será enviado por correo de la División de Finanzas y Presupuesto del Tribunal después de que se procese la documentación.
En un procedimiento de intervención, presente una cita de petición para depositar fondos en la cuenta de depósito de bienes y la orden propuesta. En el patrimonio de un difunto, presente una petición para depositar fondos en la cuenta de depósito de bienes y la orden propuesta. Si el Tribunal concede la moción, diríjase a la Oficina del Secretario Testamentario, Sala 314, en 515 5th Street, NW, con una copia del pedido y un cheque a nombre del Registro de Testamentos por no menos de la cantidad de dinero que el Los estados de orden deben ser depositados.
Presente una Cita de Petition Post para Terminar la Custodia del Distrito Fallecido de acuerdo con los requisitos de la Corte Superior, la Regla de Sucesión de la División 334, una cuenta titulada "Final" y que termina en la fecha de fallecimiento, y un Informe final del Conservador dentro de 60 días del pupilo. muerte. Al escuchar y aprobar la cuenta final, la Corte emitirá una orden de terminación que dirija las condiciones apropiadas para la terminación de la tutela.
Si el pupilo ha fallecido, presente una sugerencia de muerte, notificando al Tribunal la muerte del pupilo. Luego presentar una final Informe de Guardian dentro de 60 días de la presentación de la Sugerencia de Muerte. Después de que se haya presentado el Informe final del tutor, el Tribunal emitirá una orden que termina la tutela.
En casos de intervención en los que el pupilo ha muerto, un tutor tiene hasta 60 días para presentar un recibo final de distribución.
Un tutor debe discutir elecciones sabias para la inversión y el uso del dinero, pero no puede retener los fondos del menor emancipado.
Presente una Petición para Renunciar a la Corte, indicando los motivos de la renuncia.
La designación finaliza cuando el menor se emancipa, es decir, se convierte en 18, o cuando la orden de la corte finaliza la tutela por algún otro motivo.
El tutor puede presentar una Petición para depositar fondos en la cuenta de depósito de patrimonio en la División testamentaria. Los fondos se mantendrán hasta que el menor emancipado presente una Petición para la liberación de fondos en la Cuenta de depósito de patrimonio, la Corte aprueba la petición y el menor emancipado lleva la orden que permite la liberación de los fondos al cajero de la División de Probate con identificación para comenzar El proceso de liberación de los fondos.
No. Normalmente, se aprueba la Cuenta final, y luego se distribuye al menor. Este proceso toma 60-90 días después de que el menor se haya convertido en 18 porque una cuenta final debe estar preparada y archivada, revisada por el personal de auditoría y aprobada por el Tribunal. Cuando los bienes se pagan al menor emancipado, el tutor debe obtener un recibo firmado y presentarlo en la División de testamentaria ante el auditor que auditó la cuenta final.
Si un barrio ha muerto, un Aviso de muerte Debe presentarse lo antes posible para alertar al Tribunal Superior y a otras personas interesadas. Luego, debe presentarse un Informe final del tutor dentro de los 60 días. Si ya informó la fecha de muerte del tutelado en el informe final de tutela, aún se requiere una Sugerencia de muerte para garantizar que el personal del Tribunal registre correctamente la fecha de muerte del tutelado. Las Sugerencias de muerte deben contener un certificado de notificación para que las demás partes estén informadas de que el tutelado ha fallecido.
Sí, la tasa suele ser de $ 45 por hora cuando el Tribunal concede tales peticiones de indemnización al Fondo de Tutela. Si el individuo tiene una cualificación específica o una formación especializada que justifica una mayor tasa de compensación, esas calificaciones o la capacitación especializada deben explicarse en detalle en la petición de compensación. Tenga en cuenta que no es probable que se aprueben las solicitudes de compensación para una persona que funciona como segunda presidenta.
Ver In re Brenda J. Wilson e In re Irene Mason, 139 WLR 2753 (Tribunal Superior de DC, 27 de diciembre de 2011); In re Timothy Lynear, 2002 INT 246, orden 1-13-12; In re Matilda Maiden, 2009 INT 243, orden 1-5-12; In re Martha Lee Leathers, 2008 INT 301, orden 1-13-12; In re Vanessa Monroe, 1994 INT 48, orden 4-5-11
Sí, un miembro de la familia que es un tutor y / o tutor puede presentar una petición de compensación. En general, el Tribunal considerará las tarifas reclamadas por la toma de decisiones fiduciarias, la defensa administrativa o la supervisión de otros proveedores de atención si son razonables; sin embargo, el tribunal no ha otorgado honorarios por servicios personales proporcionados por un miembro de la familia, como bañarse, peinarse, alimentarse, cuidar a la mascota del barrio y otros servicios similares.
In re Taha Al-Baseer, 19 A.3d 341, 2011 DC App. LEXIS 231, 10-PR-225, DCC.A., 5-12-11 (2002 INT 276); En referencia a Claudette R. Boyd, 2009 INT 50, 8-5-11; En relación con Jesse Payton, 2010 INT 77, orden 8-4-11; In re Lena Hawkins, 2010 INT 266, orden 1-9-12; In re Ada Jackson, 2010 INT 93, orden 1-4-12
La fecha límite para el pago de las tarifas es la fecha de la designación del tutor y / o curador.
Sullivan v. DC, 829 A.2d 221 (DC 2003), páginas 228-229
De acuerdo con el Tribunal Superior, la Regla de Sucesión de la División 308, ambos tienen derecho a una compensación razonable por los servicios prestados. Se debe presentar una petición de tarifa.
Sí, si la Corte considera que la Petición para un Procedimiento General es meritoria y aprueba la solicitud. La solicitud debe ser aprobada por el Tribunal antes de que se reintegren las tarifas. Si no se obtiene la aprobación previa del tribunal, se podría eliminar. Se recomienda que una petición de compensación completada por un abogado acompañe cualquier solicitud de aprobación de dicho gasto.
En re Randolph Brevard, Sr., 2011 INT 44, 8-5-11 orden; En re Leon M. Stanard, 2011 INT 20, May 26, 2011 orden
Sí. Un tutor que es un abogado puede presentar una petición de honorarios razonables de abogados para preparar los alegatos presentados ante el Tribunal y para otros servicios legales necesarios prestados.
Sí, si presenta una petición de reembolso, y los gastos son aprobados por la Corte.
Sí, el Tribunal puede, a su discreción, aprobar una compensación por el kilometraje dentro del área metropolitana de Washington, DC si el reclamo es razonable. El tiempo de viaje y el kilometraje deben detallarse por separado en la petición de compensación y no pueden incluirse en el servicio prestado en el destino. Debe indicarse la fecha, la hora, la distancia recorrida, la ubicación y el propósito del viaje. La tasa de la Corte para el millaje es actualmente de 51 centavos por milla, la tasa que se paga a los abogados en los paneles CCAN y CJA.
Ver In re Brenda J. Wilson y In re Irene Mason, 139 WLR 2753 (Tribunal Superior de DC, diciembre 27, 2011); En Alice Bush, orden 2008 INT 286, 2-3-12; En re Fred T. Darson, orden 2011 INT 328, 1-12-12; En re Robert Washington, orden 2008 INT 79, 1-12-12; En re Ruby McDougald, 2008 INT 63, 1-12-12 orden
El tiempo de viaje y el kilometraje hacia y desde Court no se compensa de acuerdo con la práctica en casos de CCAN y CJA.
Ver In re Brenda J. Wilson y In re Irene Mason, 139 WLR 2753 (Tribunal Superior de DC, diciembre 27, 2011); En Alice Bush, orden 2008 INT 286, 2-3-12; En re Fred T. Darson, orden 2011 INT 328, 1-12-12; En re Robert Washington, orden 2008 INT 79, 1-12-12; En re Ruby McDougald, 2008 INT 63, 1-12-12 orden
Sí, el Tribunal puede, a su discreción, aprobar una compensación por el tiempo de viaje ordinario dentro del área metropolitana de Washington, DC si el reclamo es razonable. El tiempo de viaje debe detallarse por separado en la petición de compensación y no se puede incluir en el servicio prestado en el destino. Debe indicarse la fecha, la hora, la distancia recorrida, la ubicación y el propósito del viaje. El tiempo de viaje debe ser en décimas de hora. El tiempo de viaje desde una oficina fuera del área metropolitana de Washington, DC puede no ser resarcible.
Ver In re Brenda J. Wilson e In re Irene Mason, 139 WLR 2753 (Tribunal Superior de DC, 27 de diciembre de 2011); En relación con Alice Bush, 2008 INT 286, orden 2-3-12; En re Fred T. Darson, 2011 INT 328, orden 1-12-12; En relación con Robert Washington, 2008 INT 79, orden 1-12-12; En referencia a Ruby McDougald, 2008 INT 63, orden 1-12-12; In re Joyce Bradshaw / In re Yvonne Sewell, 2000 INT 177 y 2011 INT 240, orden 2-9-12
No. Normalmente no se requiere una solicitud de comisión de facturación. Tenga en cuenta las siguientes excepciones: (1) Si la tutela finaliza debido a la muerte, renuncia o incapacidad del tutor, se presentará una declaración de servicios en apoyo de los reclamos de la comisión de rotación. (2) Si dentro de los tres años posteriores a la designación del tutor, la tutela finaliza debido a la muerte del menor o al cumplimiento de la mayoría de edad, y si los activos que se van a rebasar superan los $ 100,000.00, el tutor deberá presentar una declaración de servicio en respaldo de la comisión de facturación reclamada o solicitar una exención de la declaración de servicios mediante la presentación de una solicitud por escrito ante el Tribunal. Tenga en cuenta que de conformidad con el Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 225 (h), el Tribunal puede, en cualquier momento, requerir una declaración de servicios para determinar una comisión apropiada en cualquier caso particular.
No. Si un peticionario retiene un abogado y el peticionario le paga al abogado los fondos propios del peticionario, no es necesario solicitar una indemnización.
En Re Grealis, In re Irma Sams, In re Mary Nazarczuk, 902 A.2d 821; Aplicación 2006 DC. LEXIS 414, 03-PR-963, 03-PR-965, 04-PR-169, DCC.A., 7-13-06 (2002 INT 359, 2002 INT 225, 1999 INT 205)
Poco después de recibir una orden que otorga el pago de una compensación o aranceles del Fondo de Tutela, puede hacer un seguimiento del estado del pago ingresando a la Sistema de cupones web de la corte de DC
No existe un formulario para este pedido de la mayoría de las solicitudes de compensación debido a los requisitos específicos que se aplican a la función del peticionario. Sin embargo, hay una Petición de compensación del visitante o examinador, y se incluye información detallada sobre lo que debe incluirse en una petición que solicita una indemnización en el Tribunal Superior, Probate DivisionRule 308.
Se debe presentar una petición solicitando una indemnización del Fondo de Tutela para obtener una orden judicial que autorice dicha compensación.
De conformidad con el Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 225 (a), un tutor puede elegir reclamar una comisión ordinaria en una cuenta interina por servicios ordinarios prestados que no exceda el 5% de los montos desembolsados del patrimonio del menor. La comisión no puede ser pagada hasta que la cuenta sea aprobada. De conformidad con el Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 225 (d), para las cuentas finales, un tutor puede optar por reclamar comisiones ordinarias y de facturación por un monto que no exceda el 5% de los activos netos que se entregarán al menor que ha emancipado . El monto o porcentaje solicitado solo debe reflejarse en la cuenta.
Generalmente, la Corte considera las peticiones de compensación dentro de 60 días de la presentación.
Llame al secretario adjunto de la rama de auditoría al (202) 879-9419y explicar la situación. No llame a la División de Presupuesto y Finanzas.
Sí, si el médico o el trabajador social solicita el pago de los activos del sujeto o del fondo de tutela. Ver Petición de compensación del visitante o examinador.
Sí, conforme a la Corte Superior, la Regla de la División de Probate 308 (c) (4), una petición de compensación no puede presentarse ante el tribunal a menos que haya sido notificada al menos veinte (20) días calendario antes de la presentación de la petición. La petición deberá ir acompañada de un certificado de servicio que demuestre el cumplimiento del requisito.
Después de que se emita una orden judicial aprobando la petición de compensación, el pago se efectúa en colaboración con la División de Presupuesto y Finanzas.
Los activos del patrimonio, si es suficiente, o el Fondo de Tutela, si los activos del pupilo de otro modo se agotaran. En casos excepcionales, el Tribunal ha otorgado honorarios a un peticionario de un tercero cuando un peticionario no ha cumplido con la presentación de una petición de intervención.
Henok Araya v. Aida Keleta y Frances Hom, 24 A.2d 665; Aplicación 2011 DC. LEXIS 466; 09-PR-1561, DCC.A., 7-14-11 (2009 INT 261)
Código DC, sec. 21-2060, según se enmendó en octubre 2008, proporciona una presunción de agotamiento cuando la persona o el pupilo: Califica para SSI federal bajo el Título XVI de la Ley del Seguro Social Califica para Medicaid o programas de expansión de Medicaid según lo permiten los programas federales, estatales o locales Califica para otros programas de asistencia pública probados por los medios según lo permiten los requisitos federales, estatales o locales, incluida la asistencia temporal para familias necesitadas, cupones de alimentos provisionales de asistencia para discapacitados y DC Healthcare Alliance. Califica para los beneficios federales de incapacidad. Atención o servicios legales por parte de cualquier rama del Tribunal Superior del Distrito de Columbia. Si no es por lo anterior, la persona o el pupilo puede establecer mediante declaración jurada u otra prueba satisfactoria para el Tribunal la incapacidad de pagar los costos sin una dificultad financiera sustancial para él o ella o su familia
Se puede presentar una moción de licencia para presentar la solicitud de compensación. Debe adjuntarse la petición original de indemnización. Existe una tarifa de presentación de $ 20.00 por la moción (por cheque pagadero al "Registro de testamentos").
La petición debe describir los servicios prestados, indicar el monto solicitado, contar con el respaldo de una declaración detallada de servicios, las fechas provistas y el tiempo que tomó cada servicio (redondeado a no más de una décima de hora), y estar acompañado por una orden propuesta con sobres o etiquetas postales para cada parte involucrada. Consulte el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 308 para detalles adicionales específicos con respecto a los requisitos de presentación y a Estate de Torchiana, 121 WLR 2477 (Super. Ct. 1993).
El Código de DC, sec 21-2060 y Corte Superior, Regla de División de Sucesiones 308 contienen información más específica. El Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 308 (c) (3) requiere la presentación de una petición provisional de compensación por el establecimiento de una tutela o curatela o la entrada de una orden de protección puntualmente al concluir la audiencia que establece la tutela, la curaduría o el acuerdo de protección, pero a más tardar 90 días después. Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 308 (c) (2) restringe a los conservadores a presentar peticiones de compensación con la cuenta anual o antes de su aprobación. Tribunal Superior, Regla de División de Sucesiones 308 (c) (1 ) restringe a los tutores a presentar peticiones de compensación a más tardar los días 30 a partir de la fecha de aniversario de la cita del tutor. La solicitud final de compensación de un tutor debe presentarse a más tardar 60 días después de la terminación de la tutela.
Las objeciones a la petición de compensación deben presentarse en el Registro de Testamentos y una copia de las mismas se entregó al peticionario, a todas las partes y a cualquier persona que haya presentado una solicitud efectiva de notificación dentro de los días calendario 20 del envío por correo de la petición de compensación . Hay una tarifa de presentación de $ 25.00.
Un peticionario de abogado también debe presentar un certificado de conformidad con la Orden Administrativa 04-06. Los fiduciarios no abogados deben presentar una declaración jurada de conformidad con la Orden Administrativa 04-07.
Después de que se haya emitido una orden judicial que autoriza el pago del Fondo de Tutela, la Administración de Servicios Generales realiza el pago. La División de Presupuesto y Finanzas requiere que todos los participantes en el programa del Fondo de Tutela completen una Solicitud para Establecer un Archivo de Vendedor. Este formulario de solicitud debe enviarse o enviarse de forma manual a 616 H Street, NW, Suite 600.19, Washington, DC 20001. No se aceptarán copias enviadas por fax, y el formulario debe tener una firma original o no se procesará. Un formulario de depósito directo se puede completar al mismo tiempo.
Una petición de tarifa para un tutor debe presentarse a más tardar 30 días a partir de la fecha de aniversario de la cita del tutor. Por ejemplo, si fue nombrado 1 de marzo, la petición de tarifa debe presentarse todos los años antes de 1 de abril o antes. La solicitud de tarifa final debe presentarse a más tardar 60 días después de la finalización de la tutela. La solicitud de pago de un curador debe presentarse con la cuenta anual o en cualquier momento antes de la aprobación de una cuenta anual que ya se haya presentado. La petición de tarifa final de un curador debe presentarse a más tardar 30 días después de la presentación de la cuenta final. Las peticiones provisionales para establecer una tutela o tutela deben presentarse inmediatamente después de la audiencia y no más tarde de 90 días después de la audiencia. Ver Corte Superior, Regla de División de Sucesiones 308.
A menos que la petición de honorarios se presente en una cuenta, generalmente será decidida por el tribunal dentro de los días 60. Una petición de tarifa que se archiva en una cuenta se reenvía a la Corte cuando la cuenta ha sido auditada y está lista para la aprobación del Tribunal.
La decisión de adjudicar el pago del Fondo de Tutela y ¿cuánto se debe otorgar por un juez? Ver In re Ruth M. Tolliver-Woody, 1999 INT 257, 6-11-12, en el cual el Tribunal aplica una reducción de porcentaje a una solicitud de arancel.
Un visitante, un abogado, un examinador, un conservador, un conservador especial, un tutor ad litem o un tutor en un caso de intervención (INT o IDD) que involucre a un adulto incapacitado pueden recibir el pago del Fondo de tutela si el tribunal así lo ordena. El dinero del Fondo de Tutela no está disponible en las fincas del difunto (ADM), las tutelas de las fincas de menores (GDN), las antiguas conservadoras de leyes (CON) y los fideicomisos (TRP).
De conformidad con la Regla 308(d) de la División de Sucesiones del Tribunal Superior, toda petición de compensación que incluya servicios prestados en la audiencia inicial se notifica, junto con la Notificación de petición de compensación, a todas las partes interesadas, incluidos (1) el sujeto, el tutelado o la persona protegida, (2) un examinador designado por el Tribunal, (3) un visitador designado por el Tribunal, (4) un tutor ad litem designado por el Tribunal, (5) el abogado del sujeto, (6) cualquier persona a la que se le haya otorgado permiso para participar, (7) cualquier persona que haya presentado una solicitud efectiva de notificación y (8) cualquier otra persona según lo indique el Tribunal. El nombramiento de un examinador, un visitador, un tutor ad litem y un abogado para el sujeto y el estado de parte de un peticionario que no sea un tutelado y de cualquier persona a la que se le haya otorgado permiso para participar terminan después de que el Tribunal se pronuncie sobre la petición de un procedimiento general a menos que el Tribunal ordene lo contrario.
Sí. Un tutor que es un abogado puede presentar una petición de honorarios razonables de abogados para preparar los alegatos presentados ante el Tribunal y para otros servicios legales necesarios prestados.
Las cartas de administración son evidencia de que la Corte ha nombrado un representante personal. Se necesitan para respaldar la autoridad del representante personal para recolectar los activos del difunto y tramitar cualquier negocio en nombre del patrimonio.
"Testificar una herencia" es el proceso de cobrar los activos de un difunto, pagar cualquier reclamo o factura del difunto y los costos de administración, y distribuir lo que queda a los herederos si el difunto no tenía voluntad y a las personas nombradas en una Voluntad de recibir bienes si el difunto tenía testamento. Para comenzar este proceso, se debe presentar una solicitud de sucesión y documentos de respaldo en la Rama Legal de la División de Sucesiones, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Room 312, Washington, DC Un juez revisará los documentos para determinar si un patrimonio debe ser abierto y, en caso afirmativo, designar a un representante personal que será responsable de probar el patrimonio. Si hay un testamento, el juez también decidirá si es válido y debe ser admitido.
Una lista de "cc" es una lista de "copias a". Cada súplica (es decir, petición o moción) debe tener un pedido adjunto. Todos los pedidos deben terminar con una lista de "cc" que incluye los nombres y direcciones de la persona que presenta el alegato y de todas las demás partes o personas interesadas. Los sobres o las etiquetas postales dirigidas a esas personas deberían incluirse en la presentación. La lista de "cc" generalmente es una repetición de los nombres y direcciones en el certificado de servicio en el alegato más el nombre y la dirección del declarante.
Un difunto puede designar a un representante personal en su voluntad, pero esa persona no es oficialmente el representante personal hasta que el Tribunal emita una orden que designa a esa persona como representante personal. Una vez nombrado, el representante personal es responsable de resolver el patrimonio del difunto. Hasta que la Corte no haya nombrado a alguien, nadie tiene la autoridad para tratar con los asuntos del difunto.
Un administrador especial es una persona designada por el Tribunal en dos circunstancias diferentes: (1) para abrir una caja de seguridad propiedad de un difunto para buscar un testamento y (2) a la espera de la designación de un representante personal para proteger y conservar activos de el estado. Los poderes de un administrador especial son limitados.
El bono es un tipo de seguro. Si el representante personal malversa o malversa los activos del patrimonio, la compañía de fianzas pagará el patrimonio por el monto perdido o el monto del bono, lo que sea menor.
Cuando se presenta un testamento o una petición para abrir un patrimonio, se le asigna un número de caso que incluye el año, luego "WIL", "SEB" o "ADM" y luego un número adicional. Por ejemplo, 1995 ADM 22 es un número de caso que significa el 22.º patrimonio grande presentado en 1995. El número de caso generalmente se puede encontrar en la esquina superior derecha de un alegato. También se puede encontrar buscando al difunto por nombre en la computadora a través del sitio web del Tribunal. Casos judiciales en línea.
Los activos de una pequeña propiedad no pueden exceder $ 40,000.00. Además, se puede abrir una pequeña propiedad si el único activo es un inmueble ubicado fuera del Distrito de Columbia. En contraste, los activos de una gran propiedad pueden incluir inmuebles ubicados en el Distrito de Columbia y otros activos de cualquier valor. Se puede abrir una gran propiedad para litigios, pero una pequeña propiedad no puede.
Cuando no hay voluntad, las personas que tienen derecho a recibir los bienes de la herencia se establecen en la ley del Distrito de Columbia y se llaman "herederos". Cuando hay un testamento, las personas a quienes los activos se dan bajo el testamento se llaman "legatarios" o "beneficiarios".
Un procedimiento de sucesión abreviado puede ser presentado por una persona que tiene prioridad para actuar como representante personal. La mayoría de las administraciones inmobiliarias son sucesiones abreviadas. Las propiedades inusuales, como aquellas en las que la persona que solicita la designación no tiene prioridad para ser nombrada o alguien está buscando la admisión de una copia de un testamento o la exclusión de un testamento original, requieren un procedimiento de sucesión estándar. Ver Código DC, sec. 20-321, y ss. En los procedimientos de sucesión estándar, existen requisitos de presentación adicionales y un conjunto adicional de publicaciones antes de que se designe un representante personal. Una vez que se designa un representante personal, el patrimonio se supervisa o no se supervisa. Para obtener más información sobre cuándo debe presentarse un procedimiento de sucesión estándar y qué documentos se requieren, consulte Presentación de procedimientos probatorios estándar en el Distrito de Columbia.
Cuando no se puede encontrar un heredero o legatario que reciba activos líquidos de un patrimonio, el representante personal puede presentar una Petición para depositar fondos en la cuenta de depósito del patrimonio para depositar el dinero en la cuenta de depósito del patrimonio, una cuenta especial que posee la Sucesión División del Tribunal Superior, hasta que la persona se presente, presente una Petición para la liberación de fondos en depósito del patrimonio Cuenta y obtiene una orden entregando el dinero a esa persona.
Es un cuadro de relaciones de sangre que se puede usar para determinar quiénes son los herederos en una hacienda y si hay herederos del quinto grado de consanguinidad. Si un difunto falleció sin un testamento y no hay herederos de quinto grado, los activos de una herencia van al Distrito de Columbia de acuerdo con el Código de DC, sec. 19-701.
"Propiedad no reclamada" se refiere a un activo que está siendo retenido por la Oficina de Propiedad No Reclamada de la Oficina de Finanzas y Tesorería de DC. La propiedad no reclamada de un difunto se liberará solo a un representante personal debidamente designado, por lo que se debe abrir una finca.
El bono es un tipo de seguro. Un tutor designado por el Tribunal debe comprar un bono por un monto de los activos que el tutor tendrá y más un año de ingresos. Si el tutor se apropia indebidamente del dinero, la compañía de fianzas devolverá el dinero al monto del bono.
No. Cualquier persona que tenga mayor prioridad para servir y está optando por no hacerlo, debe firmar una renuncia (no un consentimiento). La renuncia indica que la persona sabe que él o ella tiene una mayor prioridad para servir y todavía opta por no hacerlo. El consentimiento no contiene ese idioma.
No. Los formularios están disponibles en línea. Los formularios son interactivos y deben tipearse e imprimirse para su presentación en persona.
Si tiene un abogado, ese abogado preparará el aviso para su firma. Si no está representado por un abogado, escriba el nombre del difunto en la línea superior y en la línea 3 en el cuerpo del aviso exactamente como aparece en la petición de prueba. Escriba el (los) nombre (s) de las personas que solicitan ser designados en la primera línea en el cuerpo del aviso y sus direcciones en la segunda línea. Escriba la fecha de fallecimiento del difunto en la tercera línea. No escriba nada más en el cuerpo de la notificación. El personal de la División Probate insertará las fechas.
Todas las personas que soliciten ser nombradas Representantes Personales deben firmar la parte inferior de la notificación y enumerar sus números de teléfono. Los nombres de dos periódicos del Distrito de Columbia deben insertarse en las dos líneas de la parte inferior izquierda. Uno de los periódicos debe ser un periódico legal de circulación general.
Una vez que se han presentado todos los documentos requeridos, una orden que designa a un representante personal generalmente se emite dentro de 10 a 14 días.
No. Cualquier persona puede presentar una petición de testamentaria. Sin embargo, el proceso es complicado y es posible que desee contratar un abogado para garantizar la administración adecuada de la propiedad.
Sí. Presente la petición con el patrimonio listado y la dirección a cargo de la persona con mayor probabilidad de ser nombrado como representante personal. Corrija o enmiende la Lista de personas interesadas después de que se abra el estado, y se designe un representante personal. Notifique al representante personal como lo exige el Código de DC, sec. 20-704.
Aunque los testamentos deben presentarse dentro de los noventa días de la muerte de la persona, no hay un tiempo requerido dentro del cual se deben archivar los documentos necesarios para abrir un patrimonio. Sin embargo, nadie tiene autoridad para actuar por un difunto hasta que se abra un estado, y un representante personal es designado por el tribunal.
Los costos de la corte se establecen en el Tribunal Superior, las Reglas de división de sucesiones 125 y 425. En general, existe una tarifa de $ 25.00 si el difunto posee una o más piezas de bienes inmuebles en el Distrito de Columbia, más una tarifa adicional que depende del valor de todos los demás activos / bienes personales.
$ 0.01 - $ 499.99 ... sin costo
$ 500.00 - $ 2,500.00 ... $ 15.00
$ 2,500.01 - $ 15,000.00 ... $ 50.00
$ 15,000.01 - $ 25,000.00 ... $ 100.00
$ 25,000.01 - $ 49,999.99 ... $ 150.00
$ 50,000.00 - $ 74,999.99 ... $ 250.00
$ 75,000.00 - $ 99,999.00 ... $ 350.00
$ 100,000.00 - $ 499,999.99 ... $ 575.00
$ 500,000.00 - $ 749,999.99 ... $ 825.00
$ 750,000.00 - $ 999,999.99 ... $ 1,275.00
$ 1,000,000.00 - $ 2,499,999.99 ... $ 1,800.00
$ 2,500,000.00 - $ 4,999,999.99 ... $ 2,300.00
$ 5,000,000.00 y más ... $ 2,300.00 más 0.02% del monto en exceso de $ 5,000,000.00
Más de $50,000,000... 11,300.00
En todas las herencias del difunto en las que no hay testamento o el testamento no renuncia a la fianza, la ley del Distrito de Columbia requiere que cualquier persona que desee servir como representante personal obtenga una renuncia de fianza firmada y por escrito de cada persona interesada o comprar un bono de una empresa de fianzas. Los activos del patrimonio se utilizan para pagar la prima de la fianza. Bond es un tipo de seguro. Si el representante personal se apropia indebidamente o maneja mal los activos del patrimonio, la compañía de fianzas reembolsará al patrimonio la cantidad perdida o la cantidad de la fianza, lo que sea menor. Sin embargo, el monto de la fianza comprada por la persona que desea servir como representante personal no incluye la parte de cualquier persona que haya renunciado a la fianza, por lo que si el representante personal se apropia indebidamente o maneja indebidamente los activos patrimoniales y la compañía de fianzas tiene que pagar , cualquier persona que renunció a la fianza no recibe una parte de la fianza.
Un procedimiento sucesorio se inicia con el nombre que el difunto utilizó para firmar un testamento, si lo hubiera. Cualquier otra versión del nombre del difunto que se escriba en el testamento se incluye como "alias". Si no hay testamento y el difunto poseía bienes a nombre de diferentes personas durante su vida, el nombre que se utilizó con más frecuencia debe aparecer primero, y las demás versiones se pueden incluir como "alias". Por ejemplo, John Howard firmó su testamento como John Q. Howard, pero ambas versiones de su nombre están incluidas en su testamento. El procedimiento sucesorio se inicia como "John Q. Howard, alias John Howard".
1. Las reglas están disponibles en el aquí.
2. La ley está contenida en el Código DC, Título 21 y está disponible en línea en el Sitio web del Consejo del Distrito de Columbia.
Si hay un testamento, la persona nominada en el testamento tiene prioridad para servir. Un cónyuge sobreviviente es el siguiente; entonces hijos o los legados residuales. Consulte el Código de DC, sec. 20-303 para que el orden de prioridad sirva como representante personal.
No. Un testamento se puede presentar solo después de la muerte de la persona que firmó el testamento.
No. El testamento original debe presentarse ante la División Testamentaria de la Corte Superior del Distrito de Columbia.
Sí. La ley exige que se presente un a 90 días después de la muerte del testador (es decir, la persona que ejecutó o firmó el testamento).
No. Si la persona murió sin un testamento, puede presentar una petición de prueba para abrir una herencia e indicar en la petición que la persona falleció intestado (que significa "sin testamento"). Si la persona falleció con un testamento, el testamento debe presentarse antes o con los documentos necesarios para abrir un patrimonio.
Después de que un tutor o curador haya sido nombrado por el Tribunal, un Cita de publicación de peticion se puede presentar para solicitar una acción judicial en relación con un asunto que surja en el proceso de intervención. Un aviso llamado Aviso de derecho a responder y / o solicitar una audiencia oral Debe enviarse por correo a todas las partes con la petición posterior a la citación. Si se opone a la reparación solicitada o desea solicitar una audiencia oral, presente una respuesta por escrito o una solicitud de audiencia o ambas dentro de los trece días hábiles a partir de la fecha en que se le envió la petición por correo. La fecha de envío se encuentra en el certificado de notificación en la última página de la petición posterior a la citación.
Los poderes y deberes de un tutor están establecidos en el Código de DC, sec. 21-2047 y en el Instrucciones específicas para los tutores y la tutela de la información Hoja.
La fecha en que se registran los Hallazgos de hecho o el orden de la cita es la fecha oficial de la cita; sin embargo, las cartas no se emiten hasta que el tutor presente una aceptación y consentimiento y, cuando se designa un tutor, un vínculo.
No, el representante personal tiene los bienes del patrimonio y hace las distribuciones a las personas con derecho a recibirlos.
Dado que el Tribunal Superior ya no emplea a un tasador judicial, el peticionario/fiduciario debe obtener su propio tasador privado si el Tribunal determina que es necesaria una tasación de un activo patrimonial.
Se pueden comprar cartas adicionales o actualizadas por $ 1.00 cada una en la División de Sucesiones, 515 5th Street, NW, Room 314, Washington, DC 20001, o solicitarlas por correo. Para ordenar por correo, complete el Formulario de solicitud de copia y correo con cheque a nombre de "Registro de Testamentos".
Primero, el representante personal debe comunicarse con el Servicio de Impuestos Internos y obtener un número de identificación fiscal para el patrimonio, llamado Número de Identificación del Empleador (EIN). El número de teléfono es 800-829-4933. Luego, el representante personal debe llevar ese número, una copia de la orden de designación del representante personal, un original de las cartas de administración, el certificado de defunción del difunto y el cheque o efectivo que debe depositarse en el banco de su elección. El representante personal puede abrir una cuenta titulada "Herencia de ____________, su nombre, Representante personal". Es mejor abrir una cuenta que devuelva cheques cancelados o proporcione copias con los extractos de la cuenta bancaria, por lo que será más fácil mantener registros de todas las transacciones. Los estados de cuenta bancarios y los cheques cancelados serán necesarios para preparar la cuenta presentada ante el Tribunal en sucesiones testamentarias supervisadas.
Envíe a cada persona interesada una carta indicando su intención de renunciar. Si después de 15 días, nadie ha solicitado ser nombrado representante personal sucesor, presente una petición pidiéndole a la Corte que le permita renunciar e incluya una copia de la carta. Ver Código DC, sec. 20-525.
Las cartas de administración son válidas siempre que el patrimonio esté abierto. Sin embargo, muchas instituciones financieras quieren cartas que se hayan emitido dentro de 60 días de la fecha de cualquier transacción que se realice. Las cartas actualizadas para las fincas abiertas pueden comprarse por $ 1.00 cada una en la División Testamentaria, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Room 314, Washington, DC 20001 o solicitadas por correo. Véase más arriba.
Preparando y ejecutando una escritura suya como representante personal de la herencia a la persona con derecho a recibir la casa y archivando la escritura en el Registro de escrituras. Hay una tarifa de presentación y otros documentos deben presentarse al momento de la presentación, así que consulte con la oficina del Registro de escrituras antes de ir. El Registrador de escrituras es parte de la Oficina de Impuestos e Ingresos del Distrito de Columbia y está ubicado en 1101 4th Street, SW, 5th Floor, Washington, DC 20024, (202) 727-5374.
Primero, considere si se requiere una fianza adicional. Si es así, petición para aumentar la fianza.
Luego, si el patrimonio no está supervisado y no se ha presentado la Verificación y el Certificado de Notificación, incluya los activos adicionales en la Verificación y Certificado de Notificación cuando se archiva y pague los costos adicionales de la Corte luego.
Si el patrimonio no está supervisado y se ha presentado la Verificación y el Certificado de notificación, presente un Praecipe ante el Tribunal indicando el monto de los bienes adicionales y pagando los costos judiciales adicionales requeridos. Incluir los activos adicionales en las cuentas atendidas a las personas interesadas.
Si el patrimonio está supervisado, incluya los activos adicionales en la siguiente cuenta presentada.
No se requiere una tasación de bienes inmuebles a efectos contables. En cambio, se puede usar un valor tasado por impuestos de la Oficina de Impuestos e Ingresos de DC. Sin embargo, si está presentando una petición para la venta de bienes inmuebles, la Corte Superior, la Regla de Sucesión de Sucesión 112 (b) (para las fincas de fallecidos que fallecieron antes de Julio 1, 1995) requiere una evaluación.
El representante personal es responsable de cobrar los activos; pagar o tratar cualquier reclamo, deudas o facturas con los fondos del difunto; presentar la declaración final de impuestos sobre la renta del difunto y cualquier declaración faltante; presentar las declaraciones de impuestos exigidas al patrimonio; mantener informados a las personas interesadas sobre la marcha de la sucesión; y distribuir los activos restantes a quienes tienen derecho a recibirlos. Para obtener información adicional, consulte Después de la muerte: una guía para la sucesión en el Distrito de Columbia.
El representante personal es responsable de responder a aquellos que presentan reclamos enviando un Aviso de acción en reclamación, que dice (1) si el reclamo ha sido permitido por el monto solicitado, (2) si el reclamo ha sido rechazado o permitido por un monto menor que el monto solicitado y cuáles son los procedimientos y límites de tiempo para impugnar el rechazo o reducción , o (3) si el representante personal solicitará al Tribunal que decida si se debe permitir el reclamo. Si un representante personal permite una reclamación en su totalidad, en parte o en una cantidad establecida, el representante personal debe enviar un cheque por esa cantidad al reclamante desde la cuenta bancaria de la sucesión.
Los estados no supervisados se cierran tres años después de la fecha de nombramiento del representante personal, a menos que el Tribunal lo ordene de otra manera, o a menos que el representante personal decida presentar una Certificado Para cerrar la finca antes. El tribunal cierra el patrimonio administrativamente, y no se envía ningún aviso. Los estados supervisados se cierran cuando la cuenta final es aprobada por el Tribunal.
La decisión de distribuir los activos en un patrimonio supervisado es realizada por el representante personal y depende de los bienes del patrimonio, las reclamaciones pendientes, las deudas o los pasivos, y la caducidad del período de reclamo del acreedor de seis meses. Aunque todos o algunos de los activos pueden distribuirse antes, en un patrimonio supervisado, los activos restantes se distribuyen después de que el Tribunal haya aprobado la cuenta final. En un patrimonio no supervisado, los activos restantes se distribuyen generalmente 60 días después de que la cuenta final se envíe por correo a todas las personas interesadas restantes.
La División Probate no mantiene una lista de tasadores inmobiliarios. Consulte las páginas amarillas de la guía telefónica o Internet para obtener listados de tasadores de bienes raíces con licencia en el Distrito de Columbia.
Solicite un Número de identificación de empleador (EIN), un número de identificación fiscal especial para un patrimonio, comunicándose con el Servicio de Impuestos Internos al 800-829-4933.
No. Según la ley en el Distrito de Columbia, el testamento debe hacerse por escrito, firmado por el testador y atestiguado y firmado por al menos 2 testigos creíbles en presencia del testador.
No.
Si no está autorizado para ingresar a la caja de seguridad del difunto, puede solicitar la designación de un administrador especial para abrir la caja de seguridad presentando un Petición de Nombramiento de Administrador Especial para Ingresar a Caja de Seguridad y Ordenar.
Presente una solicitud de sucesión estándar y siga el procedimiento establecido en Tribunal Superior, División de sucesiones Regla 403 (a) (4). Vea Presentación de procedimientos probatorios estándar en el Distrito de Columbia.
La División Probate mantiene los testamentos para siempre como parte permanente del registro legal público. El testamento se mantiene en la División Testamentaria por un período de 10 años a partir de la fecha de presentación. Después de 10 años, se archiva de forma permanente.
Si la División Probate le copia un testamento, tendrá un costo de 50 ¢ por página. Si desea visitar la División Probate para copiar el testamento usted mismo, puede hacerlo en la copiadora pública con un costo de 25 ¢ por página.
Las cartas de administración son el documento formal emitido por el Tribunal después de que se presenta una solicitud de sucesión y el Tribunal emite una orden de apertura del patrimonio y el nombramiento de un representante personal. Cuando se designa a un representante personal en un procedimiento de patrimonio grande, las Cartas de administración originales de 12 se incluyen en los materiales que se envían al representante personal o al abogado para su uso en la administración del patrimonio. El representante personal o el asesor legal puede solicitar cartas adicionales a un costo de $ 1.00 cada una. Para solicitar cita como representante personal, ver Presentación de la Administración de la herencia de un difunto (ADM) en el Distrito de Columbia.
Una vez que un testamento ha sido aceptado para su presentación, solo puede ser liberado por orden del Tribunal. Para obtener dicha orden, presente una petición verificada de liberación del testamento y una orden propuesta que autorice la transferencia del testamento. La siguiente información debe incluirse en la petición: (1) los hechos que indican que el testamento se presentó en el Distrito de Columbia por error, (2) los hechos que explican por qué otro estado tiene jurisdicción, (3) la dirección de correo y Número de teléfono del Secretario del Tribunal en la jurisdicción a la que se transferirá el testamento, quien está autorizado a aceptar el testamento en nombre de dicho Tribunal. El Tribunal revisará la petición y emitirá una orden ya sea que la otorgue o la rechace. Se le enviará una copia del pedido. Si se otorga la petición, la Oficina del Registro de Testamentos enviará el testamento a la otra jurisdicción como una transferencia de corte a tribunal.
Si un representante personal designado no desea servir, puede presentar una Renuncia.
La ley en el Distrito de Columbia requiere que se archivará incluso si no hay patrimonio. Si una finca necesita ser abierta o es solvente es un problema separado.
Las reclamaciones no pueden presentarse hasta que se nombre a un representante personal, incluso si se ha nombrado un administrador especial. Ver Código DC, sec. 20-901. Las reclamaciones pueden presentarse después de que expire el período de reclamación de seis meses, pero la aceptación de un reclamo por la presentación de la División Probate no es una garantía de que se pagará.
No.
Una queja es una demanda y se recomienda que solicite asesoría legal de un abogado. Las quejas presentadas en la División Probate deben ser verificadas (juramentadas), de conformidad con el Tribunal Superior, las Reglas de la División de Probate 107 y 407. Cuando se presenta la queja para la presentación, debe ir acompañada de una citación dirigida a cada demandado y una tarifa de $ 120.00 en efectivo, cheque o mediante cheque o giro postal a nombre del "Registro de testamentos".
A Notificación de apelación de una orden o sentencia final de la División de Sucesiones se archiva en la Rama Legal de la División de Sucesiones, Sala 312, 515 5th Street, NW, Washington, DC, 20001. Hay una tarifa de $100 pagadera en efectivo o con cheque o dinero a nombre de "Register of Wills".
Para volver a abrir un patrimonio, un representante personal no supervisado puede presentar una Solicitud de prórroga de nombramiento de representante personal o una petición para reabrir. Un representante personal supervisado debe presentar una petición para volver a abrir. Si es necesario reabrir un patrimonio, pero el representante personal ya no está disponible para servir, entonces se debe presentar una petición para reabrir y designar un representante personal sucesor. Por favor mira Reapertura de una finca de Decedent en el Distrito de Columbia.
Un representante personal puede ser removido de un caso por orden de un juez. El proceso de eliminación de un representante personal se inicia con la presentación de una queja para su eliminación en el tipo de caso LIT (LIT significa un litigio mayor) o una petición de expulsión en el caso del patrimonio (ADM). Se recomienda que cualquier persona que considere la eliminación de un representante personal busque el asesoramiento legal de un abogado.
En los grandes patrimonios, el plazo para presentar reclamaciones vence seis (6) meses después de la primera fecha de publicación del Aviso de Nombramiento, Aviso a Acreedores y Aviso a Herederos Desconocidos. Sin embargo, si el representante personal tiene conocimiento de la existencia de una deuda, deberá tomar medidas con respecto a la misma incluso si no se ha presentado ninguna reclamación.
La autoridad otorgada en un poder termina en el minuto en que fallece la persona que firmó el poder. La persona nombrada como apoderado en el poder debe dejar inmediatamente de usar el poder notarial o estará sujeto a una posible responsabilidad personal. Si el decedente poseía bienes en su nombre exclusivo, se debe abrir un proceso de patrimonio para recolectar y distribuir esos activos.
Si su nombre ya está en una escritura de propiedad inmobiliaria como copropietario y la escritura ya ha sido archivada en el Registro de escrituras, esa propiedad inmobiliaria pasa automáticamente a usted en caso de muerte del copropietario, y no es necesario ningún procedimiento de sucesión. para pasar el título de esa propiedad inmobiliaria. Si su nombre ya está en una escritura pero no como copropietario (en cambio, como inquilino en común), será necesario un procedimiento de sucesión para transferirle la parte de la propiedad del difunto. Si el activo es una cuenta bancaria conjunta, puede o no estar sujeto a un proceso de sucesión, dependiendo de cuándo se estableció la cuenta y la intención del difunto.
El cónyuge y los padres del difunto.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
Presentar una petición verificada para transferir el testamento al estado en el que estaba domiciliado el difunto, que es donde debería haberse presentado el testamento. La petición debe contener (1) hechos que respalden el argumento de que el testamento se presentó en el Distrito de Columbia por error y que el otro estado era el domicilio del difunto al fallecer y (2) el nombre, la dirección y el número de teléfono del Secretario de el Tribunal del otro estado que está autorizado a aceptar el testamento transferido. Incluya una orden propuesta que autorice la transferencia. Si se concede la petición, la División de Sucesiones enviará el testamento directamente al funcionario judicial autorizado para recibirlo en el otro estado.
Presente una moción de extensión de tiempo para cumplir con los requisitos de auditoría y una orden propuesta, indicando la razón por la cual se solicita una extensión con la Subdirección de Auditoría.
Los formularios necesarios son: (1) Cuenta; (2) Horarios A - L; (3) Programe K-1 para cuentas provisionales, (4) Información de cuenta financiera (Formulario 27) (para información confidencial bajo el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 5.1); (5) copias de extractos bancarios; y (6) copias de cheques, recibos o vales cancelados en apoyo de todas las transacciones. A veces, los estados de cuenta bancarios originales o los cheques cancelados pueden solicitarse durante la auditoría de la cuenta. La Cuenta, los Horarios A - L y la Información de la Cuenta Financiera (Formulario 27) se pueden encontrar en el sitio web de la División de Probate.
Generalmente, una cuenta se audita en un plazo de 30 a 45 días. Sin embargo, si después de 45 días no se recibe ninguna notificación de auditoría inicial, comuníquese con el Gerente de la Sucursal de Auditoría al 202-879-9429.
Llame al auditor de turno al 202-879-9447 para el nombre y número de teléfono del auditor asignado dos días después de la presentación de la cuenta. El nombre del auditor asignado se ingresa en el expediente, que está disponible a través del Casos judiciales en línea.
En general, los requisitos se revisan dentro de 2 semanas de envío. Sin embargo, en asuntos complejos o cuentas con requisitos de auditoría extensos, el proceso puede tardar más.
Sí. Un representante personal puede elegir distribuir los bienes inmuebles tan pronto como se designe al representante personal. Sin embargo, el representante personal es responsable si no hay suficientes activos para satisfacer las reclamaciones remanentes válidas de los acreedores o para hacer una distribución adecuada a los beneficiarios del patrimonio. De lo contrario, un representante personal puede optar por esperar hasta la aprobación de la cuenta final para hacer la distribución final de los activos del difunto.
Complete la información en el formulario y los horarios de la cuenta, proporcione la documentación en apoyo de todas las transacciones enumeradas, y presente en la estación de Audiencia de la División de Probate ubicada en 515 5th Street, NW, Room 313, Washington, DC 20001. Todas las cuentas deben estar impresas a máquina o mecanografiadas. Las cuentas se pueden archivar por correo.
Presente una moción que explique al Tribunal Superior las razones por las que debe presentarla fuera de plazo. El juez puede conceder o no dicha moción.
No. Una vez que se programa una audiencia sumaria, solo el tribunal puede cancelarla y el juez esperará que usted esté presente. Si no puede asistir, presente una moción para continuar o anular la audiencia lo antes posible, explicando por qué no puede estar presente. El juez puede o no conceder dicha moción.
El inventario debe presentarse dentro de 90 días a partir de la fecha de la orden de reapertura de la propiedad, y una primera cuenta debe pagarse a más tardar nueve meses después de la fecha de reapertura del pedido. Las cuentas posteriores se vencen cada nueve meses a partir de entonces.
Presentar una moción para obtener una prórroga del plazo para cumplir con los requisitos de auditoría, indicando el motivo por el cual se necesita una prórroga. El juez puede conceder o no dicha moción.
De acuerdo con el Código de DC, sec. 20-724 (a) (1), una primera cuenta debe presentarse dentro de un año y un día después de la primera publicación de la notificación de conformidad con la sección 20-704. En consecuencia, si el primer intento de publicación no tuvo éxito, entonces la primera cuenta no vencerá hasta un año y un día a partir de la fecha de la reedición exitosa.
En una propiedad no supervisada, de conformidad con el Código de DC, sec. 20-734, el representante personal tiene el deber de proporcionar una cuenta a las personas interesadas a intervalos razonables o en una demanda razonable, y el representante personal puede ser obligado a rendir cuentas ante el Tribunal en un procedimiento iniciado por una persona interesada después de un aviso y una audición. Sin embargo, debido a que el patrimonio no está supervisado, no hay obligación de presentar la cuenta ante el Tribunal a menos que el Tribunal ordene que se establezca una cuenta o que un patrimonio se convierta en sucesión supervisada. En una sucesión supervisada, la primera cuenta debe presentarse ante el Tribunal un año más un día después de la primera fecha de publicación del Aviso de nombramiento, Aviso a los acreedores y Aviso a herederos desconocidos. Las cuentas subsiguientes vencen cada nueve meses a partir de entonces.
Los poderes y deberes de un administrador especial se establecen en el Código de DC, sec. 20-533, Tribunal Superior, Regla de Sucesiones Regla 419, y el orden de la cita. Generalmente, a un administrador especial no se le exige que presente un inventario, sino que ordinariamente se le exige que presente informes periódicos y que se requiera para tener en cuenta la propiedad de un difunto al momento de la designación de un representante personal.
Sí. Una lista de verificación está disponible y se puede encontrar en las páginas 6-11 de la Guía de inventario y contabilidad o en la Sitio web de la Sucesión de la Sucesión.
Los formularios necesarios son: (1) Cuenta; (2) Horarios A - L; (3) Programe K-1 para cuentas provisionales, (4) Información de cuenta financiera (Formulario 27) (para información confidencial bajo el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 5.1); (5) copias de extractos bancarios; y (6) copias de cheques, recibos o vales cancelados en apoyo de todas las transacciones. A veces, los estados de cuenta bancarios originales o los cheques cancelados pueden solicitarse durante la auditoría de la cuenta. La Cuenta, los Horarios A - L y la Información de la Cuenta Financiera (Formulario 27) se pueden encontrar en el sitio web de la División de Probate.
Las auditorías se realizan caso por caso. Las consultas pueden diferir según las circunstancias del caso. Si los asuntos no se resuelven con el auditor a su satisfacción, escriba a P. Allen Butler, III, Gerente de sucursal de auditoría o Anne Meister, Esq., Registro de testamentos, y solicite una revisión administrativa. Tenga en cuenta que una solicitud de revisión administrativa no se mantendrá en el período de respuesta.
Presente una Nombramiento de Petition Post para la eliminación del tutor de acuerdo con la Corte Superior, Regla de Sucesión Dominical 322. Sea específico con respecto a los motivos de la expulsión del curador, y esté preparado para comparecer en una audiencia para presentar su opinión.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
No hay una tasa fija de compensación para un representante personal en el Distrito de Columbia. Para las propiedades de los fallecidos que fallecen en o después de julio 1, 1995, el estándar es una compensación "razonable". Para estados de muerte del fallecido antes de julio, 1, 1995, Tribunal Superior, Regla de la División de Sucesiones 125 estableció una directriz de 4.5 a 8% de los activos e ingresos de la herencia por la tarifa combinada del representante personal y el abogado del representante personal.
Si una parte considera que la compensación solicitada es demasiado alta, la tarifa por hora cobrada es excesiva según las circunstancias, o se incluyen cargos por servicios no realizados, una Objeción (Excepción) Se puede presentar una Petición de Cuota.
Es un fondo de dinero establecido por el Distrito de Columbia para el pago de servicios prestados en nombre de personas cuyos fondos se agotarían mediante el pago de tarifas. Ver Código de DC, sec. 21-2060.
Código de DC, sec. 21-2060 y Regla de Sucesiones del Tribunal Superior 308
El bono es un tipo de seguro. Un tutor designado por el Tribunal debe comprar un bono por un monto de los activos que el tutor tendrá y más un año de ingresos. Si el tutor se apropia indebidamente del dinero, la compañía de fianzas devolverá el dinero al monto del bono.
Sí, los inventarios y las cuentas pueden enviarse por correo a la División Testamentaria, pero es preferible presentarlos en persona para que puedan ser revisados por completo.
Sí. Se puede archivar un inventario o cuenta por correo, pero es preferible presentarlo personalmente para que se pueda revisar la presentación para que esté completa.
Las cuentas vencen anualmente a más tardar treinta días después del aniversario de la fecha de la cita.
No, las copias son aceptables siempre que los originales se exhiban en el momento de la presentación.
No. Las copias son aceptables siempre que los originales se exhiban en el momento de la presentación.
Un examinador es un individuo que tiene entrenamiento o experiencia en el diagnóstico, cuidado o tratamiento de las causas y condiciones que dan lugar a la incapacidad. A veces, el examinador es el médico del sujeto. La Corte Superior, la División de Probate La Regla 326 declara las obligaciones de un examinador.
FOI significa un procedimiento de intervención extranjera. Cuando un conservador o tutor designado en otro estado necesita usar su autoridad en el Distrito de Columbia, esa persona puede abrir un procedimiento de intervención extranjera en el Distrito de Columbia.
IDD significa el caso "Intervención - Discapacidad del desarrollo". Dichos casos son abiertos solo por el Distrito de Columbia para la designación de un tutor limitado para tomar decisiones de atención médica solamente o para el nombramiento de un tutor general para tomar decisiones de cuidado de la salud, calidad de vida y ubicación y / o para el nombramiento de un conservador para manejar los asuntos financieros para adultos con discapacidades de desarrollo.
INT es un caso de intervención. Dichos casos se abren para el nombramiento de un tutor de un adulto incapacitado para tomar decisiones sobre atención médica, calidad de vida y colocación y / o el nombramiento de un tutor de un adulto incapacitado para manejar asuntos financieros o para proteger la propiedad de un incapacitado , desaparecido, desaparecido o detenido.
De acuerdo con el Código de DC, sec. 19-1502, un descargo de responsabilidad es la negativa a aceptar un interés o poder sobre la propiedad. Es un documento que permite a una persona que hereda un interés en un fideicomiso o patrimonio negar ese interés. El efecto de una exención de responsabilidad es que extingue el interés de la persona que rechazó como si nunca hubiera existido y el interés pasa a la persona que lo hubiera recibido si la persona que lo rechazó nunca hubiera existido.
Un menor es una persona menor de 18.
Una apostilla es un certificado reconocido bajo la Convención de La Haya que Abolió el Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros. Se utiliza para autenticar documentos legales de otro país y se requiere bajo la Corte Superior, Regla de División Civil 44 (a) (2).
El representante personal es la persona designada por la Corte para administrar el patrimonio de un difunto. Puede ser la persona nominada en la voluntad del difunto. Si el difunto murió sin testamento, puede ser el pariente más cercano del difunto. En algunas situaciones, un acreedor del difunto puede ser el representante personal.
Por favor, haga clic en https://www.dccourts.gov/sites/default/files/rules-superior-court/Probate%20Rule%20125.%20Court%20Costs.pdf y https://efiledcsuperiorcourt.gov/faq-page/ para obtener información sobre las tarifas de eFiling.
No.
Véase Código DC, sec. 19-1512 para determinar cómo se va a entregar la exención de responsabilidad. La División de Sucesiones no puede dar tales consejos legales; por favor busque el consejo de un abogado.
El Código del Distrito de Columbia (Código de DC, sec. 20-303) define quién tiene la mayor prioridad para servir como representante personal de una propiedad. Si no eres la persona con la mayor prioridad para servir, buscar una cita será más difícil. La prioridad de servicio es la siguiente:
1. El representante personal nombrado en la voluntad del difunto si hay un testamento
2. Si la persona muere sin un testamento, el cónyuge supérstite, pareja doméstica o hijos Si la persona muere con un testamento, el cónyuge supérstite o la pareja doméstica
3. El legatario residual en el testamento del difunto
4. Los hijos de una persona que murió con testamento.
5. Los nietos del difunto
6. Los padres de un difunto
7. Los hermanos y hermanas del difunto
8. Los familiares del difunto
9. Otras relaciones del difunto
10. El mayor acreedor del difunto que solicita la administración.
11. Cualquier otra persona.
No hay plazo para presentar un descargo de responsabilidad. Sin embargo, es posible que desee consultar con un abogado del impuesto sobre el efecto de cualquier plazo federal, estatal o local si las renuncias se presentan para propósitos de impuestos.
El beneficiario de una póliza de seguro tiene derecho a mantener el producto de la póliza y no está obligado a gastar el dinero en el funeral del difunto. Debido a que la ley permite el reembolso del primer $ 1,500.00 de gastos funerarios como una distribución prioritaria, el beneficiario del seguro tiene derecho a recibir un reembolso por hasta $ 1,500.00 de los gastos de funeral.
Se debe presentar una factura de funeral porque se trata de un gasto administrativo reembolsable. La persona que pagó la factura puede recibir un reembolso de parte o la totalidad de ese pago con los bienes del patrimonio.
No. De acuerdo con el Tribunal Superior, Regla de la División Civil 5 (d), la parte solicitante debe conservar el material del descubrimiento original o, en el caso de las declaraciones, hacer arreglos para que el reportero retenga las transcripciones originales y sin alteraciones hechas a solicitud de la parte. Estos materiales deben conservarse hasta que se concluya el caso, haya expirado el tiempo para notificar una apelación o una solicitud de un certificado de certiorari, y se haya resuelto dicha apelación o petición. Los documentos de descubrimiento pueden presentarse como documentos adjuntos a una moción u oposición a la que son relevantes sin el permiso del Tribunal y deben presentarse si el Tribunal así lo ordena. Un certificado de descubrimiento debe acompañar algunas presentaciones.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
Presentar una copia del extranjero. citación, un formulario de citación PBM completado de la División de Sucesiones, y un cargo de $ 10.00 por cada citación solicitada a la Oficina del Secretario de Sucesiones en la División de Sucesiones en el tercer piso en 515 5th Street, NW, Washington, DC. Los nombres, direcciones y números de teléfono de todos los abogados registrados y de todas las partes no representadas por los abogados deben incluirse en la citación extranjera o en la segunda página del formulario de citación de PBM. Si se solicitan registros médicos, la copia de la citación extranjera debe estar certificada, y el declarante será remitido al Juez de Cámara para la emisión de la citación.
Según el Tribunal Superior, Regla de División Civil 5 (d), un Certificado de Descubrimiento el resumen de todos los descubrimientos que se han producido hasta la fecha debe presentarse como un adjunto a (1) cualquier moción relacionada con el descubrimiento, (2) cualquier oposición a un movimiento de acuerdo con la necesidad de descubrimiento, y (3) cualquier moción para extender las fechas de la Orden de Programación .
No. Cuando se hayan archivado los documentos enumerados anteriormente, el tutor o curador extranjero puede ejercer todos los poderes autorizados en el poder de la cita a menos que lo prohíban las leyes del Distrito de Columbia. A menos que esté restringido por la designación subyacente en el otro estado, un curador puede ejercer todos los poderes de un curador nombrado por el tribunal en el Distrito de Columbia en cuanto a activos en el Distrito y puede perseguir acciones y procedimientos sujetos a las condiciones impuestas a las partes no residentes.
Sí.
Si el niño vive en el Distrito de Columbia, presente una petición para el nombramiento de un tutor de la herencia del menor, de modo que haya un tutor a quien se le pueda pagar el dinero. El tutor sostendrá los fondos hasta que el menor se convierta en la edad 18 y luego los distribuya al menor emancipado.
No se aceptan copias notariadas o certificadas. Los documentos del otro estado deben estar autenticados por ese tribunal de conformidad con el Título 28 del Código de los EE. UU., sección 1738. Dicha autenticación se conoce comúnmente como "triplemente sellada" o "ejemplificada". Un documento autenticado o triplemente sellado es aquel que está firmado y sellado por un secretario del tribunal correspondiente, un juez o magistrado y un secretario del tribunal correspondiente.
No. Un testamento se puede presentar solo después de la muerte de la persona que firmó el testamento.
No; un patrimonio extranjero sólo puede abrirse en el Distrito de Columbia si y cuando se haya designado un representante personal en la otra jurisdicción o estado.
No. El testamento original debe presentarse ante la División Testamentaria de la Corte Superior del Distrito de Columbia.
Sí. La ley exige que el testamento se presente dentro de los 90 días siguientes a la muerte del testador (en otras palabras, la persona que ejecutó o firmó el testamento).
No. Si la persona murió sin un testamento, puede presentar una petición de prueba para abrir una herencia e indicar en la petición que la persona falleció intestado (que significa "sin testamento"). Si la persona falleció con un testamento, el testamento debe presentarse antes o con los documentos necesarios para abrir un patrimonio.
Cualquiera puede presentar una petición para el nombramiento de un tutor de la herencia de un menor. Sin embargo, es recomendable buscar asistencia legal si la petición es difícil de entender o si la situación es complicada o inusual.
Las copias apostilladas de documentos de un país extranjero deben obtenerse en ese país. Debe consultar con la embajada de ese país en el Distrito de Columbia para obtener una apostilla adecuada. Sin embargo, si el país extranjero no es parte de la Convención de La Haya, debe obtenerse una apostilla en la Embajada de los Estados Unidos ubicada en ese país extranjero, con una traducción al inglés adecuada cuando sea necesario, certificada por un traductor autorizado debidamente designado por el Departamento de Estado o el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Presentar una petición para el nombramiento de un tutor del patrimonio de un menor, un bono, consentimiento de los padres del menor (si ambos no firman la petición de nombramiento), una orden y una nominación de tutor firmada por el menor si la menor es la edad 14 o mayor. El Tribunal revisará los documentos presentados y decidirá si el nombramiento de un tutor es apropiado y, de ser así, a quién designar. Tanto el menor como el tutor propuesto deben presentarse en la División Testamentaria y reunirse con un Asistente de Registro Adjunto de Testamentos al momento de la presentación de la petición.
No hay costo para presentar un testamento.
El costo de abrir un testamento en el extranjero es de $45. El costo de un Certificado Preliminar es de $45 y el costo de un Certificado Final es de $10. Realice el pago en efectivo o con cheque o giro postal a nombre de "Register of Wills".
No hay tiempo establecido.
Se requiere un bono si el representante personal del patrimonio extranjero desea retirar, arrendar o transferir personal, arrendamiento o bienes inmuebles ubicados en el Distrito de Columbia dentro del período de reclamo de seis meses.
Cuando el patrimonio de una persona se abre en algún lugar; cuando el patrimonio de una persona se abre en algún lugar que no sea el Distrito de Columbia, pero el difunto poseía bienes inmuebles o tenía bienes personales, como una cuenta bancaria, en el Distrito de Columbia.
Una persona que vive o mantiene una oficina en el Distrito de Columbia puede aceptar servir como agente al presentar el Nombramiento de agente para aceptar el servicio de formulario de proceso. Una corporación con una dirección comercial de DC también puede ser utilizada como agente, siempre que la Nombramiento de agente para aceptar el servicio de formulario de proceso Es ejecutado por un oficial autorizado de la corporación. El Registro de Testamentos no puede servir como agente.
El sistema de gestión de casos del Tribunal Superior requiere una cierta secuencia de números de expediente. En la División de Sucesiones, el formato del número de caso es el año de cuatro dígitos seguido de un espacio, luego la abreviatura del tipo de caso seguida de un espacio y luego un número de expediente de 6. Por ejemplo, el primer caso de patrimonio de grandes difuntos presentado en 2014 sería 2014 ADM 000001. Una presentación se rechazará automáticamente si no se utiliza el formato correcto. Los tipos de casos de la División de Sucesiones y sus abreviaturas son los siguientes:
• ADM (Grandes herencias)
• SEB (Patrimonios de pequeños herederos)
• FEP (Patrimonio de difuntos extranjeros)
• INT (Procedimientos de Intervención)
• IDD (Intervenciones-Discapacidad del Desarrollo)
• FOI (Procedimientos de intervención extranjera)
• CON (Antiguas Tutelas Jurídicas)
• GDN (Tutela de Bienes de Menores)
• TRP (Fideicomisos)
• NRT (Aviso de fideicomisos revocables)
• DESCARGOS DE RESPONSABILIDAD (DISPONIBLES)
• LIT (Litigio mayor)
Un acuerdo de conciliación debe ir acompañado de un Praecipe aceptará acuerdo de liquidación, para que la División de Sucesiones conozca si el caso puede ser cerrado o si hay asuntos pendientes. Todos los acuerdos están sujetos a revisión judicial.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
No. La orden final emitida por el Tribunal identificará específicamente los activos, autorizará la divulgación al representante personal y direccionará cómo se realizará la distribución.
Dependiendo de las circunstancias, una orden final generalmente emite dentro de 120 días de la presentación de una Petición para la Administración de Pequeños Bienes. Si la publicación no es necesaria y se presenta documentación suficiente para verificar el monto de los bienes del patrimonio, una orden final generalmente se emite dentro de dos semanas.
La ley requiere publicación para notificar a los posibles acreedores cuando los bienes del patrimonio (bienes raíces y bienes personales) exceden $ 1,500.00. Sin embargo, la publicación no es necesaria si el heredero es el cónyuge del difunto o un hijo menor (menor de 18) o si el heredero es el hijo adulto del difunto y los bienes del patrimonio están por debajo de $ 11,500.00.
Cada nuevo caso necesita una lista de eService para que el tribunal y cualquiera de las partes del caso que esté registrado con el proveedor de eFile puedan recibir solicitudes y órdenes judiciales de eService. Para crear una lista de servicios electrónicos, use el número de caso asignado al caso. Este número debería haber sido sellado por la Oficina del Secretario de Sucesiones en el título del caso (el título es el encabezado en la parte superior de una presentación). Siga las instrucciones proporcionadas por el proveedor de eFile para crear la lista de eService, que se puede encontrar en el sitio web del proveedor: www.casefileXpress.com.
De conformidad con Super Ct. Prob. R. 401(d), el Registrador de Testamentos solo puede emitir un certificado final si se han liberado todos los reclamos.
En general, un representante personal extranjero puede demandar y puede ser demandado en DC de conformidad con el Código de DC, sec. 20-342. Puede presentar una demanda en DC contra un representante personal extranjero si el representante personal extranjero tiene conocimiento real de una reclamación excluida en otra jurisdicción que no se eleva al nivel de un "juicio final" según la Cláusula de plena fe y crédito de los Estados Unidos Constitución. Consulte Richard v. McGreevy, 136 DWLR 170 en pp. 1917-1919 (DC 9 / 2 / 08.) Sin embargo, consulte a su abogado sobre cuestiones de jurisdicción apropiada antes de presentar una demanda contra un representante personal extranjero.
No. Según la ley en el Distrito de Columbia, el testamento debe hacerse por escrito, firmado por el testador y atestiguado y firmado por al menos 2 testigos creíbles en presencia del testador.
No.
Revise el contenido del expediente del caso (también llamado carpeta) en el Tribunal, o revise el expediente en el sistema de búsqueda de casos en línea del Tribunal en Casos judiciales en línea.
El último día en que se pueden presentar las reclamaciones es de seis meses a partir de la primera fecha de publicación del Notificación de nombramiento de representante personal extranjero y notificación a los acreedoresLa primera fecha de publicación del aviso se encuentra en la parte inferior izquierda del mismo, una copia del cual se le entrega al solicitante cuando se abre el patrimonio extranjero, se guarda en el expediente del tribunal, a menudo llamado la cubierta, y es visible como una imagen en la búsqueda de casos en línea del tribunal disponible en las terminales de acceso público en la División de Sucesiones.
Si no está autorizado para ingresar a la caja de seguridad del difunto, puede solicitar la designación de un administrador especial para abrir la caja de seguridad presentando un Petición para el nombramiento de un administrador especial para ingresar en caja de seguridad y orden.
Presente una solicitud de sucesión estándar y siga el procedimiento establecido en Tribunal Superior, División de sucesiones Regla 403 (a) (4). Vea Presentación de procedimientos probatorios estándar en el Distrito de Columbia.
La División Probate mantiene los testamentos para siempre como parte permanente del registro legal público. El testamento se mantiene en la División Testamentaria por un período de 10 años a partir de la fecha de presentación. Después de 10 años, se archiva de forma permanente.
Si la División Probate le copia un testamento, tendrá un costo de 50 ¢ por página. Si desea visitar la División Probate para copiar el testamento usted mismo, puede hacerlo en la copiadora pública con un costo de 25 ¢ por página.
Las cartas de administración son el documento formal emitido por el Tribunal después de que se presenta una solicitud de sucesión y el Tribunal emite una orden de apertura del patrimonio y el nombramiento de un representante personal. Cuando se designa a un representante personal en un procedimiento de patrimonio grande, las Cartas de administración originales de 12 se incluyen en los materiales que se envían al representante personal o al abogado para su uso en la administración del patrimonio. El representante personal o el asesor legal puede solicitar cartas adicionales a un costo de $ 1.00 cada una. Para solicitar cita como representante personal, ver Presentación de la Administración de la herencia de un difunto (ADM) en el Distrito de Columbia.
Una vez que se haya aceptado un testamento para su presentación, solo se podrá liberar por orden del Tribunal. Para obtener dicha orden, presente una petición verificada de liberación del testamento y una propuesta de orden que autorice la transferencia del testamento. La siguiente información debe incluirse en la petición: (1) los hechos que indican que el testamento se presentó en el Distrito de Columbia por error, (2) los hechos que explican por qué otro estado tiene jurisdicción, (3) la dirección postal y el número de teléfono del Secretario del Tribunal en la jurisdicción a la que se transferirá el testamento que esté autorizado a aceptar el testamento en nombre de ese Tribunal. El Tribunal revisará la petición y emitirá una orden que conceda la petición o la deniegue. Se le enviará una copia de la orden por correo. Si se concede la petición, la Oficina del Registro de Testamentos enviará el testamento a la otra jurisdicción como una transferencia de tribunal a tribunal.
Si un representante personal designado no desea servir, puede presentar una Renuncia.
La ley en el Distrito de Columbia requiere que se archivará incluso si no hay patrimonio. Si una finca necesita ser abierta o es solvente es un problema separado.
El Tribunal Superior no designa un representante personal en un estado extranjero y no emite cartas de administración. Más bien, reconoce la designación hecha en el otro estado.
Usted debe presentar la Aviso de acción tomada en reclamación formulario que indica si va a pagar la reclamación en su totalidad, rechazar la reclamación o pagar la reclamación en parte. Tenga en cuenta que en su decisión sobre el Patrimonio de Francisco Coll Monge, 2000 FEP 108, el Tribunal de Apelaciones de DC determinó que todos los acreedores conocidos por un representante personal tienen los mismos derechos establecidos en el Código de DC, sec. 20-343 (d), si la reclamación se ha presentado en el procedimiento de patrimonio extranjero en el Distrito de Columbia o si la reclamación se ha presentado en el patrimonio de sucesión original establecido para el difunto en el otro estado o jurisdicción. En consecuencia, consulte con su abogado con respecto a cualquier pregunta sobre el pago de una reclamación presentada en un procedimiento de sucesión en el extranjero.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426 Según SCR-CIV 11, no hay otros alegatos
necesita ser verificado. En consecuencia, no es necesario verificar las mociones, las respuestas, las respuestas y las oposiciones.
Se puede impugnar un testamento presentando una demanda verificada para impugnarlo dentro de los 6 meses posteriores a la primera fecha de publicación del Aviso de nombramiento, Aviso a los acreedores y Aviso a los herederos desconocidos. Encuentre el procedimiento para impugnar un testamento en Tribunal Superior, Sucesión División Regla 407.
Presente una copia de la citación extranjera, una División de Sucesiones completada Formulario de citación de PBMy una tarifa de $ 10.00 por cada citación solicitada a la Oficina del secretario testamentario en la División testamentaria en el tercer piso en 515 5th Street, NW, Washington, DC. Los nombres, direcciones y números de teléfono de todos los abogados registrados y de todas las partes no representadas por un abogado deben incluirse en la citación extranjera o en la segunda página del formulario de citación de PBM. Si se solicitan registros médicos, se debe certificar la copia de la citación extranjera y el solicitante será remitido al juez de sala para la emisión de la citación.
Es el formulario de información de la cuenta financiera que el tutor debe presentar junto con la cuenta e incluye información como el nombre de la cuenta, el nombre y la dirección del banco o institución financiera y el número de cuenta. El formulario se mantiene bajo secreto y solo está disponible para el personal autorizado del tribunal, a menos que se incluya en el registro público.
Las cuentas se preparan utilizando el formulario de estado de cuenta prescrito por el tribunal. Alternativamente, comuníquese con el auditor de turno al 202-879-9447y el formulario le será enviado por correo. El formulario debe estar impreso a máquina o mecanografiado.
Se prepara un inventario utilizando el formulario de Informe de inventario prescrito por el tribunal. Alternativamente, comuníquese con el Auditor de turno al 202-879-9447y el formulario le será enviado por correo. El formulario debe estar impreso a máquina o mecanografiado.
Existe un cargo de $ 25 por presentar una Objeción (Excepción) a la Cuenta o al Inventario en un procedimiento de intervención.
Las cuentas no deben enviarse a los padres o custodios. Sin embargo, un padre o custodio puede pedirle al Tribunal que se le permita participar como parte mediante la presentación de una Petición de permiso para participar. Si el tribunal concede la solicitud, el padre o el custodio tienen el derecho de recibir copias de todos los documentos que se presentan.
Presente una declaración escrita firmada por la lista de distribuidores, específicamente, el monto monetario de la distribución final recibida por el distribuidor.
Cuando un tutor es designado por el Tribunal, se emitirán cartas de tutela. Después de la cita, el tutor debe llevar las cartas y el orden de la cita a un banco y abrir una cuenta que contenga solo los fondos del menor y se titule algo así como "Estado del menor de edad, nombre del tutor". Si es posible, esa cuenta debe ser una cuenta que devuelva cheques cancelados o imágenes de cheques cancelados. Muchos bancos ya no emiten ni devuelven cheques cancelados. Si se necesitan registros de reemplazo más adelante, las cartas de tutela deben ser suficientes para respaldar la autoridad del tutor para ordenarlas.
Los formularios necesarios son: (1) Cuenta; (2) Horarios A - L; (3) Programe K-1 para cuentas provisionales, (4) Información de cuenta financiera (Formulario 27) (para información confidencial bajo el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 5.1); (5) copias de extractos bancarios; y (6) copias de cheques, recibos o vales cancelados en apoyo de todas las transacciones. A veces, los estados de cuenta bancarios originales o los cheques cancelados pueden solicitarse durante la auditoría de la cuenta. La Cuenta, los Horarios A - L y la Información de la Cuenta Financiera (Formulario 27) se pueden encontrar en el sitio web de la División de Probate.
Generalmente, una cuenta se audita dentro de los treinta (30) a cuarenta y cinco (45) días. Sin embargo, si después de cuarenta y cinco (45) días, no se recibe ninguna notificación de auditoría inicial, comuníquese con el Gerente de la sucursal de auditoría al 202-879-9429.
Las cuentas deben presentarse a más tardar treinta días después de la fecha de aniversario de la designación del curador o curador sucesor una vez al año. Una cuenta final debe presentarse a más tardar en 60 días después de la fecha de la muerte del pupilo. Ver Corte Superior, Regla de sucesión de la regla 330.
Los costos judiciales se pagan cuando se presenta la primera cuenta. Una lista de costos está contenida en el Tribunal Superior, Regla 206 de la División de Sucesiones. Si se adquieren más activos posteriormente que aumentan el valor del patrimonio, los costos adicionales se pagan con cuentas posteriores. Póngase en contacto con el auditor de turno en 202-879-9447 para otras cuestiones relacionadas con el cómputo de las costas judiciales.
La Regla de la División de Sucesiones 204 (a) (2) exige que el tutor archiva un inventario dentro de los noventa días después de la calificación o noventa días después de la orden que lleva al tutor a la autoridad, supervisión u orientación del Tribunal. Si no hay activos para recolectar, se debe presentar una declaración jurada a ese efecto en lugar del inventario.
No. Para actualizar una dirección en el sistema de gestión de casos del tribunal, eFile a Praecipe-Cambio de Dirección dentro de 14 días del cambio para que el tribunal pueda enviar por correo las órdenes judiciales, avisos de morosidad y avisos de procedimientos judiciales a la dirección correcta. Su dirección de registro se mantiene en el sistema de gestión de casos del tribunal, no con el proveedor de archivos electrónicos del tribunal. Si el correo entregado a la dirección en el sistema de administración de casos de la corte se devuelve a la corte en más de una ocasión por no poder entregarse, las órdenes y notificaciones de la corte ya no serán enviadas a esa dirección por la corte.
Complete la información en el formulario de inventario y los anexos, proporcione documentación que respalde todas las transacciones enumeradas y presente en la estación del Auditor de turno de la División de Sucesiones ubicada en 515 5th Street, NW, Room 313, Washington, DC 20001. Todos los inventarios deben ser de máquina -impreso o mecanografiado. Los inventarios pueden archivarse por correo. La División de Sucesiones ofrece seminarios sobre cómo preparar y archivar un inventario llamado Introducción - Preparación del inventario. Llame al auditor de turno al 202-879-9447 para obtener más información.
Generalmente, una cuenta se audita dentro de los 30 a 45 días a partir de la fecha de presentación. Si no se ha recibido una notificación de auditoría inicial después de 60 días, puede comunicarse con el gerente de la sucursal de auditoría al 202-879-9429 o el auditor supervisor en 202-879-9412 para informarse sobre el estado de la auditoría.
Hay una tarifa de $ 20 para presentar una objeción a una cuenta en el patrimonio de un difunto.
Presente una declaración escrita firmada por cada persona que recibió una distribución en la que se indica que la persona recibió la distribución y enumera específicamente el monto del pago final recibido.
Los formularios necesarios son: (1) Cuenta; (2) Horarios A - L; (3) Programe K-1 para cuentas provisionales, (4) Información de cuenta financiera (Formulario 27) (para información confidencial bajo el Tribunal Superior, Regla de sucesión de la regla 5.1); (5) copias de extractos bancarios; y (6) copias de cheques, recibos o vales cancelados en apoyo de todas las transacciones. A veces, los estados de cuenta bancarios originales o los cheques cancelados pueden solicitarse durante la auditoría de la cuenta. La Cuenta, los Horarios A - L y la Información de la Cuenta Financiera (Formulario 27) se pueden encontrar en el sitio web de la División de Probate.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)
11. Certificado de finalización - SCR-PD 426
Según SCR-CIV 11, no es necesario verificar ningún otro alegato. En consecuencia, las mociones, respuestas, respuestas y oposiciones no necesitan ser verificadas.
En el Distrito de Columbia, los registros médicos están protegidos por un privilegio médico-paciente establecido en el Código de DC, sec. 14-307. A menos que la persona que es el sujeto de los registros o el representante legal de esa persona consienta, un médico o profesional de salud mental no puede revelar ninguna información, confidencial en su naturaleza, obtenida mientras asistía a la persona en una capacidad profesional que era necesaria para habilitar al médico o profesional de salud mental para actuar en una capacidad profesional. Por lo tanto, las citaciones para registros médicos se emiten solo si el Tribunal aprueba una moción para la emisión de una citación para registros médicos. La citación completa debe adjuntarse a la moción para que el juez pueda autorizar la emisión de la citación.
Envíe una copia de la citación extranjera, un formulario de citación PBM de la División de Sucesiones completo y una tarifa de $10.00 por cada citación solicitada a la Oficina del Secretario de Sucesiones en la División de Sucesiones en el tercer piso en 515 5th Street, NW, Washington, DC. Asegúrese de que los nombres, direcciones y números de teléfono de todos los abogados registrados y de todas las partes no representadas por abogados estén incluidos en la citación extranjera o en la segunda página del formulario de citación PBM. Si se solicitan registros médicos, la copia de la citación extranjera debe estar certificada y el solicitante será remitido al Juez en Cámara para la emisión de la citación.
No. No se requiere la presentación de una petición de indemnización en las propiedades donde las personas murieron en o después de julio 1, 1995. En cambio, una persona que tiene un problema con la compensación pagada o que debe pagarse debe presentar una objeción ante el Tribunal y pedirle al Tribunal que revise la razonabilidad de la compensación reclamada o pagada.
No hay un mecanismo para transferir una tutela de la herencia de un menor a otro estado. Una petición para nombrar a un tutor de la herencia del menor tendría que ser archivada y aprobada en el nuevo estado. Entonces, una petición para terminar la tutela en el Distrito de Columbia debería ser archivada y aprobada por este Tribunal. Las copias autenticadas o "triple selladas" de los documentos del otro estado deben adjuntarse a la petición de rescisión.
Sí, conforme a la Corte Superior, la Regla de la División de Probate 308 (c) (4), una petición de compensación no puede presentarse ante el tribunal a menos que haya sido notificada al menos veinte (20) días calendario antes de la presentación de la petición. La petición deberá ir acompañada de un certificado de servicio que demuestre el cumplimiento del requisito.
Se puede presentar una moción de licencia para presentar la solicitud de compensación. Debe adjuntarse la petición original de indemnización. Existe una tarifa de presentación de $ 20.00 por la moción (por cheque pagadero al "Registro de testamentos").
Las objeciones a la petición de compensación deben presentarse en el Registro de Testamentos y se debe entregar una copia de las mismas al peticionario, a todas las partes y a cualquier persona que haya presentado una solicitud de notificación efectiva dentro de los 20 días calendario posteriores al envío de la petición de compensación. La tarifa de presentación es de $25.
Un peticionario de abogado también debe presentar un certificado de conformidad con la Orden Administrativa 04-06. Los fiduciarios no abogados deben presentar una declaración jurada de conformidad con la Orden Administrativa 04-07.
De conformidad con la Regla 308(d) de la División de Sucesiones del Tribunal Superior, toda petición de compensación que incluya servicios prestados en la audiencia inicial se notifica, junto con la Notificación de petición de compensación, a todas las partes interesadas, incluidos (1) el sujeto, el tutelado o la persona protegida, (2) un examinador designado por el Tribunal, (3) un visitador designado por el Tribunal, (4) un tutor ad litem designado por el Tribunal, (5) el abogado del sujeto, (6) cualquier persona a la que se le haya otorgado permiso para participar, (7) cualquier persona que haya presentado una solicitud efectiva de notificación y (8) cualquier otra persona según lo indique el Tribunal. El nombramiento de un examinador, un visitador, un tutor ad litem y un abogado para el sujeto y el estado de parte de un peticionario que no sea un tutelado y de cualquier persona a la que se le haya otorgado permiso para participar terminan después de que el Tribunal se pronuncie sobre la petición de un procedimiento general a menos que el Tribunal ordene lo contrario.
La División de Sucesiones adoptó una regla de privacidad, SCR-PD 5.1, que requiere que el declarante elimine o elimine del registro público la siguiente información: números de Seguro Social, fechas de nacimiento y números de cuentas financieras. Si debe incluir dicha información en una presentación en particular, se debe presentar una moción (si es un eFiler obligatorio o se ha registrado para la presentación electrónica) solicitando permiso para presentar la presentación no redactada bajo sello y, una vez aprobada por el tribunal, la copia no redactada puede presentarse bajo sello en forma de papel en la Oficina del Secretario de Sucesiones de la Oficina del Registro de Testamentos ubicada en el Edificio A del Tribunal, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
Debe presentar una moción para sellar. De lo contrario, el documento estará disponible para que cualquier miembro del público lo revise. La moción para sellar debe presentarse electrónicamente (si usted es un presentador electrónico obligatorio o se ha registrado para la presentación electrónica) y el documento sin censura que se va a sellar debe presentarse en papel, ya sea por correo o en persona en la Oficina del Secretario de Sucesiones de la Oficina del Registro de Testamentos ubicada en el Edificio del Tribunal A, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
Solo si los casos se consolidan por orden judicial. De lo contrario, cualquier documento que se aplique a varios casos debe presentarse por separado en cada caso.
No.
No envíe copias de cortesía a las cámaras a menos que el juez le solicite específicamente que lo haga. Cualquier copia de cortesía en papel debe estar etiquetada en negrita en la parte superior de la primera página “Solo copia de cortesía. Original archivado el (Mes) / (Día) / (Año) ”. Recuerde que la entrega de una copia de cortesía a las cámaras de un juez no constituye una presentación ante el tribunal.
Las reglas del tribunal exigen que se incluya una orden propuesta y una lista de notificaciones junto con una moción o petición que solicite una acción del tribunal. Es posible que el tribunal deba editar la orden propuesta y la lista de notificaciones, por lo que el solicitante debe enviar por correo electrónico una versión sin protección contra escritura de la orden propuesta* y la lista de notificaciones en formato Word (es decir, una versión que se pueda modificar y/o editar) a ProbateDivisionEfiling [At] dcsc.gov (ProbateDivisionEfiling[arroba]dcsc[punto]gov)La orden propuesta y la lista de servicio deben adjuntarse al correo electrónico como dos documentos separados, y la lista de servicio debe indicar el método por el cual se debe notificar la orden a cada parte (por ejemplo, mediante notificación electrónica o por correo postal).
En el momento de presentar el testamento o codicilo original, también puede presentar en papel el Certificado de presentación será, alguna Declaraciones juradas de testimonioy cualquier Renuncias.
Los "documentos de apoyo" incluyen estados de cuentas bancarias, declaraciones de corredores, cheques cancelados, el formulario de Información de Cuentas Financieras (Formulario 27) mencionado en SCR-PD 5.1, recibos y otros estados financieros.
Cuando la cuenta es auditada y un auditor solicita información adicional, la respuesta del fiduciario a la carta de requisitos del auditor puede enviarse por correo electrónico si la respuesta no incluye documentos de respaldo que contengan información financiera. Si la respuesta incluye información financiera, debe presentarse en papel ya sea por correo o en persona en la estación del Auditor de turno en la Oficina del Registro de Testamentos ubicada en el Edificio A del Tribunal, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
Sí. Cuando el inventario lo presente un representante personal supervisado, las pruebas de publicación deberán acompañarlo. La Oficina del Registro de Testamentos no acepta pruebas de publicación separadas del inventario.
A partir del 12 de noviembre de 2024, las partes ya no podrán agregar contactos, como jueces, a la lista pública de contactos de notificación para la presentación y notificación electrónica de documentos. La Oficina del Secretario del Tribunal Superior del Distrito de Columbia mantendrá la lista pública para garantizar que contenga contactos de notificación precisos. Aún podrá seleccionar contactos de la lista pública y agregar contactos a su lista de contactos de la empresa. Para solicitar una adición o corrección a la lista pública, envíe un correo electrónico a secretario del tribunal [At] dcsc.gov con su nombre completo, dirección, dirección de correo electrónico y número de teléfono junto con su solicitud. Si tiene preguntas, comuníquese con la Oficina del Secretario del Tribunal a través del correo electrónico proporcionado o por teléfono al 202-879-1400.
Sí. Cuando el Verificación y Certificado de Notificación (VCNO) es presentada por un representante personal no supervisado, las pruebas de publicación deben acompañarla. La Oficina del Registro de Testamentos no acepta pruebas de publicación por separado de la VCNO.
Sí. Resalte la impresión del sello o el sello levantado con un lápiz para que la impresión del sello se pueda capturar electrónicamente. Esto se debe hacer ya sea que el documento se envíe por correo electrónico o se presente en papel.
Su firma puede aparecer como "/ s /" o como una firma tipográfica o con imágenes en la línea de la firma, seguida de su nombre, dirección, número de teléfono, dirección de correo electrónico y, si corresponde, número de barra. Una "/ s /" o firma tipográfica será tratada como una firma personal para todos los propósitos bajo las reglas de la Corte Superior, incluyendo SCR-Regla Civil 11.
Eficaz Noviembre 12, 2024Las partes ya no podrán agregar contactos a la lista pública de contactos de servicio para la presentación y notificación electrónica de documentos. La Oficina del Secretario del Tribunal para el Tribunal Superior del Distrito de Columbia mantendrá la lista pública para garantizar que contenga contactos de servicio precisos. Aún podrá seleccionar contactos de la lista pública y agregar contactos a su lista de contactos de la empresa. Para solicitar una adición o corrección a la lista pública, envíe un correo electrónico a secretario del tribunal [At] dcsc.gov (secretariodeltribunal[at]dcsc[dot]gov) con su nombre completo, dirección, dirección de correo electrónico y número de teléfono junto con su solicitud. Si tiene preguntas, comuníquese con la Oficina del Secretario del Tribunal a través del correo electrónico proporcionado o por teléfono al 202-879-1400.
Sí. Puede entregar documentos de descubrimiento electrónicamente a través del sistema. De conformidad con la Orden de Promulgación de Normas 07-04, no es necesario presentar certificados relacionados con el descubrimiento cuando se entrega el descubrimiento. En cambio, se debe presentar un certificado relacionado con el descubrimiento que se haya producido en el caso como anexo si se presenta cualquiera de los tres alegatos siguientes:
(1) una moción relacionada con el descubrimiento;
(2) una oposición a un movimiento dispositivo basado en la necesidad de descubrimiento; o
(3) una moción para extender las fechas de la Orden de Programación. SCR-Regla Civil 5 (d).
Si los Certificados de Descubrimiento ya están en el expediente judicial, el Certificado de Descubrimiento puede incorporar esos certificados por referencia y también enumerar el descubrimiento adicional, si lo hubiera, que haya ocurrido.
El descubrimiento no se entrega en la corte a menos que sea necesario para una moción relacionada con el descubrimiento.
Todas las peticiones de honorarios / compensaciones presentadas ante el tribunal deben cumplir con los requisitos de AÓrdenes administrativas 04-06 (para abogados) y 04-07 (para fiduciarios laicos). Sin embargo, las disposiciones especiales de la Orden Administrativa 13-15 se aplican a los eFilers, incluidos los siguientes: (1) LOS ABOGADOS NO deben archivar la lista de casos en los cuales él / ella se desempeña como tutor, curador, representante personal o asesor legal de ellos. Los abogados deben incluir como parte de su petición la siguiente certificación:
Yo, (nombre del abogado), certifico que en cada caso en el que soy tutor, tutor, representante personal o abogado de cualquiera de ellos:
Sí. Seleccione como el tipo de documento Petición-Petición de compensación o aranceles ($ 0.00). Subir como un documento principal único la petición de tarifa y todos los documentos adjuntos (como la orden propuesta, la Declaración de Servicios y la certificación requerida por la Orden Administrativa 13-15, Procedimiento PEF 8). Asegúrese de que la solicitud de tarifa se entregue por lo menos 20 días antes de enviarla electrónicamente y que se envíe en forma oportuna de acuerdo con SCR-PD 308 (c). Si su solicitud de tarifa no cumple con los estándares de tiempo de SCR-PD 308 (c ), la petición de tarifa debe presentarse con una moción de permiso para presentarla tarde, cargada como documento principal únicoSeleccione como tipo de documento Petición de honorarios: Petición de compensación u Honorarios con moción de presentación tardía ($20.00). Esta selección de tipo de documento garantizará que los alegatos se envíen directamente a la División de Auditoría para su procesamiento.
Si usted es un solicitante electrónico obligatorio (es decir, alguien que es abogado (ya sea que actúe como asesor, fiduciario o de otra manera), miembro del Panel Fiduciario, el Panel Examinador y el Panel de Visitantes, o un participante en el Proyecto Piloto de Tutela de No Abogados), debe presentar su solicitud electrónicamente. Otras personas pueden optar por presentar su solicitud electrónicamente o por recibir notificaciones electrónicas. Para recibir notificaciones electrónicas, debe registrarse con el proveedor de solicitudes electrónicas del tribunal en https://efiledcsuperiorcourt.gov, y presentar en papel (ya sea en persona o por correo) el Aviso de Registro (Orden Administrativa 13-15, Anexo B) en la Oficina del Secretario de Sucesiones de la Oficina del Registrador de Testamentos ubicada en el Edificio del Tribunal A, 515 5th Street, NW, 3er Piso, Washington, DC 20001.
eFilings son aceptados o rechazados por la Oficina del Registro de Testamentos. Si se rechaza su eFiling, la División Probate identificará la (s) razón (es) por qué su eFiling no fue aceptada para la presentación. Realice los cambios necesarios antes de volver a enviar su documento para aumentar la probabilidad de que se acepte el documento para la presentación. No se cobrará un cargo por eFiling ni por la corte.
No. El sistema de presentación electrónica no puede procesar este tipo de transacción. Envíe el pago en papel, ya sea por correo o en persona, a la Oficina del Secretario de Sucesiones de la Oficina del Registrador de Testamentos, ubicada en el Edificio del Tribunal A, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
Si una exhibición se puede ver de forma completa en formato electrónico, se escaneará en el sistema de gestión de casos del tribunal y luego se devolverá a la parte presentante para mantener mientras el caso está pendiente y hasta que se agoten los períodos de apelación o apelación.
Si la exhibición no puede ser escaneada, como una película de rayos X o planos, será mantenida por el tribunal mientras el caso esté pendiente y hasta que se agoten los períodos de apelación o apelación.
No. Para volver a abrir un patrimonio, un representante personal no supervisado puede presentar una Solicitud de prórroga de nombramiento de representante personal o una petición para reabrir. Un representante personal supervisado debe presentar una petición para volver a abrir. Si es necesario reabrir un patrimonio, pero el representante personal ya no está disponible para servir, entonces se debe presentar una petición para reabrir y designar un representante personal sucesor. Por favor mira Reapertura de una finca de Decedent en el Distrito de ColumbiaTodos estos alegatos deben presentarse en papel en la Sucursal Jurídica de la Oficina del Registro de Testamentos ubicada en el Edificio del Tribunal A, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001.
No.
La Oficina del Registro de Testamentos mantendrá en el archivo del caso testamentos, codicils, bonos, documentos sellados y documentos solicitados para ser colocados bajo sello. Todos los demás documentos archivados en papel serán devueltos al archivador-comenzando en octubre 25, 2013-después de que el archivo se registre e ingrese en el sistema de administración de casos del tribunal.
El declarante debe mantener el documento original mientras el caso está pendiente y hasta que se agote cualquier período de apelación o período de apelación y debe estar preparado para mostrar el documento original a las partes o al tribunal bajo demanda.
Presentar un completado Solicitud de Procedimiento sin Prepago de Costos, Cargos o Seguridad (En Forma Pauperis) y el escrito que desea presentar electrónicamente a la División Jurídica de la Oficina del Registro de Testamentos ubicada en el Edificio del Tribunal A, 515 5th Street, NW, 3rd Floor, Washington, DC 20001. Si son aceptables para su presentación, se lo derivará a la oficina del Juez en Cámara, 4th Floor, Moultrie Courthouse, en 500 Indiana Avenue, NW, Washington, DC 20001, para una decisión sobre el fondo. Si, después de una audiencia, el tribunal emite una orden que acepta la solicitud, puede presentar electrónicamente los documentos sin pagar la tarifa de presentación electrónica ni las tarifas judiciales en ese caso y debe comunicarse con el proveedor de presentación electrónica del tribunal al 877-433-4533 para solicitar el código de promoción de sucesiones para eximirse de las tarifas.
Debido al sistema de administración de casos, si los casos no se consolidan oficialmente con otros casos por orden judicial, cualquier documento que aplique en varios casos debe presentarse en cada caso.
Si un caso se consolida con otros por orden judicial, entonces se puede presentar un documento en el caso principal. El campo de comentarios en la pantalla de presentación electrónica debe utilizarse para especificar a qué otros casos se aplica el documento. Luego será aceptado (o rechazado) por el secretario en el caso principal y se realizará una entrada en el expediente que se presentó en cada uno de los otros casos con los que se consolida. La entrada también indicará el número de caso del caso principal donde se archivó el documento y se puede ver en un sistema de acceso público.
Sí. Puede presentar documentos de descubrimiento por vía electrónica a través del sistema. De conformidad con la Orden de promulgación de reglas 07-04, vigente a partir de septiembre 4, 2007, no es necesario presentar certificados de descubrimiento cuando se realiza el descubrimiento. En su lugar, un Certificado de Descubrimiento que haya ocurrido en el caso debe presentarse como un archivo adjunto con cualquiera de las siguientes tres presentaciones: (1) una moción con respecto al descubrimiento; (2) una oposición a un movimiento de disposición basado en la necesidad de descubrimiento; y (3) una moción para extender las fechas de la Orden de Programación. SCR Civil 5 (d). Si los Certificados de descubrimiento ya están en el registro del Tribunal, el Certificado de descubrimiento puede incorporar esos certificados por referencia y también enumerar cualquier descubrimiento adicional, si lo hubiera, que haya ocurrido.
El descubrimiento no se realiza en la corte a menos que sea necesario para una moción con respecto a la misma.
No es necesario que envíe sobres de cámaras o etiquetas postales para las personas que están siendo eServed. Usted necesita enviar sobres y etiquetas postales a las cámaras del juez si hay una parte pro se o partes en el caso. Las etiquetas de correo o los sobres de servicio deben proporcionarse a las cámaras del juez del caso con el envío identificado por el nombre y número del caso.
Según las reglas judiciales, todos los documentos presentados constituyen un solo documento. Sin embargo, en el mundo informático, los documentos tienden a cargarse por separado, lo que lamentablemente crea demasiadas entradas en el expediente y resulta confuso. Por lo tanto, encontrará dos campos en CFX en los que cargar documentos. El primer campo es para el documento "principal". Este se utilizará para la moción o el documento principal de oposición. El segundo campo es para los puntos y autoridades, los anexos, el certificado de notificación y la orden propuesta. Puede combinar los documentos en uno y presentarlo como tal en el primer campo si tiene menos de 25 páginas. De lo contrario, el documento principal debe estar en el primer campo y el resto en el segundo campo. Puede combinar en un solo documento los documentos cargados en el segundo campo o cargarlos por separado en el segundo campo y se combinarán en el proceso de presentación. La página frontal con el sello del archivo estará en el documento principal en el primer campo.
Tarifa por hora a partir del 1 de octubre de 2023, del Fondo de Tutela: 1) Abogados que actúan como tutor, curador, curador especial, tutor ad litem o visitante. $110 (Orden Administrativa 23-01) 2) Participantes en el Programa Piloto No Abogado que actúa como tutor. $80 3) Médicos designados por el Tribunal Superior para actuar como examinadores y realizar una evaluación de capacidad. $120 (Orden administrativa 23-19) 4) Todos los demás profesionales de atención médica autorizados que actúen como examinadores. $95 (Orden Administrativa 23-19) 5) Personas que no son abogados designadas por el tribunal como visitantes, que llevan a cabo una investigación especial e independiente sobre cuestiones específicas planteadas por la petición. $100 (Orden Administrativa 23-19)