Sí. Se puede archivar un inventario o cuenta por correo, pero es preferible presentarlo personalmente para que se pueda revisar la presentación para que esté completa.
Preguntas frecuentes de Conservatorship (CON)
Las cuentas vencen anualmente a más tardar treinta días después del aniversario de la fecha de la cita.
No. Las copias son aceptables siempre que los originales se exhiban en el momento de la presentación.
Las siguientes alegaciones deben ser verificadas para ser presentadas en la División de Sucesiones:
1. Todas las peticiones: SCR-PD 2 (b) y 3
2. Quejas archivadas en Probate Matters - SCR-PD 107 (a) y 208 (a)
3. Cuentas - Código DC 20-721
4. Inventarios - Código DC 20-711
5. Guardian Reports - SCR-PD 328
6. Asignaciones - SCR-PD 120 y 420
7. Reclamaciones - Código DC 20-905 (a)
8. Declaraciones juradas de correo y no correo en prueba estándar - SCR-PD 403 (a) (8)
9. Cualquier declaración jurada - SCR-CIV 9
10. Verificación y Certificado de Notificación - SCR-PD 403 (b) (3)