Obtenga una orden de protección
La División de Violencia Doméstica está ubicada en 500 Indiana Avenue NW, Sala 4510. Durante las operaciones remotas de COVID 19, el DVD acepta todas las aventuras de forma remota en linea, por correo a la dirección anterior, o por correo electrónico a DVD [At] dcsc.gov. También puede acceder a formularios en línea escaneando el código QR a la derecha con la cámara de su teléfono celular.La División de Violencia Doméstica maneja solicitudes para:
- Órdenes de protección civil (CPO)
- Órdenes contra el acecho (ASO)
- Órdenes de protección de riesgo extremo (ERPO)
Además, la División de Violencia Doméstica se ocupa de los siguientes asuntos penales:
- Casos de delitos menores de violencia doméstica (DVM)
- Casos de desacato criminal (CCC)
A Orden de Protección Civil (CPO) es una orden judicial en la que un juez puede exigir que una persona siga ciertos requisitos, que incluyen, entre otros, mantenerse alejados, no contactar o cometer cualquier delito contra la persona que solicita el CPO. La persona que presenta el CPO se llama "peticionario", y la persona contra la que se presenta el CPO se llama "demandado". El tribunal puede otorgar el CPO por un máximo de 2 años a la vez. Un CPO se emite después de que el demandado ha tenido la oportunidad, o se le ha brindado la oportunidad, de estar presente en una audiencia judicial. Después de que se emite un CPO, se pueden presentar mociones de desacato si se viola el CPO. Cuando es apropiado, los jueces de la División de Violencia Doméstica también adjudican casos relacionados de divorcio, custodia, visitas, paternidad y manutención que involucran a las mismas partes, así como ciertas acciones civiles relacionadas.
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An Orden contra el acecho (ASO) es una orden judicial en la que un juez puede exigir que una persona siga ciertos requisitos, que incluyen, entre otros, mantenerse alejados, no contactar o cometer cualquier delito contra la persona que solicita el ASO. La persona que presenta el ASO se llama "peticionario", y la persona contra la que se presenta el ASO se llama "demandado". El tribunal puede otorgar un ASO para garantizar la seguridad del peticionario después de alegar que el demandado está acosando al peticionario con al menos un incidente ocurrido en los últimos 90 días. Un ASO se emite después de que el demandado ha tenido la oportunidad, o se le ha brindado la oportunidad, de estar presente en una audiencia judicial. Después de que se emite una ASO, se pueden presentar mociones de desacato si se viola la ASO.
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An Orden de protección contra riesgos extremos (ERPO) Es una orden judicial en la que un juez puede ordenar que un arma de fuego, municiones, un certificado de registro, una licencia para portar una pistola oculta o una licencia de comerciante de un individuo sean retiradas de la posesión de alguien que represente un riesgo extremo para sí mismo o para los demás. La solicitud puede ser realizada por una persona que esté relacionada con la otra parte por sangre, adopción, tutela, matrimonio, pareja de hecho, tener un hijo en común, cohabitar o mantener una relación romántica, de citas o sexual; O miembro del Departamento de Policía Metropolitana; O un profesional de salud mental según lo define el Código de DC 7-1201.01 (11).
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