Solicitud
Completa un solicitud en línea. (en Español | formulario en ingles con ayuda guiada) y envíelo junto con una copia de su informe policial de DC u orden de protección civil de DC (el programa no acepta órdenes de restricción temporales), cualquier factura o recibo que le gustaría que el programa le reembolsara. Las solicitudes pueden enviarse en persona en una de dos ubicaciones o por correo electrónico:
1) Edificio de Tribunales A, 515 5th Street NW, Suite 109, Washington, DC 20001
2) Aplicaciones CVCP [At] dcsc.gov (tenga en cuenta que es posible que necesite usar un lector de PDF para guardar información y enviar su formulario directamente; de lo contrario, escanee y utilice la dirección de correo electrónico para enviar el formulario y los documentos relacionados).
Proceso de revisión
Las solicitudes completadas son revisadas por los examinadores de reclamos. Toda la información en la solicitud se verifica poniéndose en contacto con la agencia de aplicación de la ley, empleador, hospital u otra agencia u organización relacionada. Los examinadores de reclamaciones hacen recomendaciones sobre la aprobación de las solicitudes al director del programa que determina el resultado. El reclamante es notificado por correo de la determinación e informado del proceso de apelación y la disponibilidad de servicios legales pro bono. Si hay información nueva o no disponible anteriormente, el reclamante puede presentar una Solicitud de Reconsideración dentro de 30 días de la determinación inicial. Si el solicitante no está de acuerdo con la determinación, una apelación debe presentarse dentro de 30 días. La Junta de Apelaciones revisa la solicitud, todos los documentos de apoyo en el archivo, y la determinación hecha por el Director. La Junta de Apelaciones puede recomendar una audiencia si se necesita información adicional. Una apelación adicional para revisión judicial se puede hacer al juez principal del Tribunal Superior dentro de 30 días de una decisión del tablero de apelaciones. Todas las Solicitudes de Reconsideración y Apelaciones se presentan en la Oficina del Programa de Compensación para Víctimas del Crimen.
La información, los registros y las transcripciones de las audiencias contenidas en los archivos de reclamos son confidenciales y no están abiertos a la inspección pública. El reclamante, su representante autorizado o un médico que trata o examina al reclamante son excepciones. Otras personas pueden inspeccionar los archivos y registros del reclamante solo cuando presten asistencia al tribunal en un asunto relacionado con la administración del reclamo.