Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Elegibilidad

Una persona es elegible para compensación por el Programa de Compensación de Víctimas del Crimen si ...

  1. La víctima sufrió lesiones personales (lesiones físicas o trauma emocional) o la muerte en el Distrito de Columbia, o la víctima es un residente del Distrito que ha sufrido lesiones personales como resultado de un acto terrorista o acto de violencia masiva cometido fuera del Estados Unidos.
  2. El crimen fue reportado a la policía dentro de los siete días de ocurrido. Excepciones: las víctimas de agresión sexual pueden satisfacer el requisito de presentación de informes obteniendo un examen de agresión sexual; las víctimas de violencia doméstica pueden satisfacer el requisito solicitando una orden de protección civil; y las víctimas de crueldad infantil cumplen con el requisito de informar si se presenta una petición de negligencia en el Tribunal Superior de DC.
  3. La solicitud de compensación se presenta dentro de un año después del crimen, o dentro de un año después de conocer el programa, si muestra adecuadamente que el retraso fue razonable.
  4. La víctima coopera con solicitudes razonables de aplicación de la ley para aprehender al delincuente.
  5. La víctima no participó, consintió ni provocó el delito que causó su lesión.
  6. La concesión de una indemnización no enriquece injustamente al infractor.

Haga clic para ver los requisitos de elegibilidad del programa, la lista de verificación de la documentación inicial y la documentación de reembolso.

Contacto
Programa de Compensación para Víctimas del Crimen

Edificio de la corte A
515 5th Street, NW, Sala 109
Washington, DC 20001

Obtener Direcciones
Horario de operación

Lunes-viernes:
8: 30 5 am a: 00 pm

 

Excepciones
Todos los días festivos del gobierno

Números de Teléfono

Blanche Reese, directora del programa

202-879-4216

202-879-4230

cvcpquejas e inquietudes [At] dcsc.gov