Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Solo los propietarios u otras personas que deseen desalojar a un inquilino u otro ocupante de su propiedad pueden demandar en el Tribunal de Propietarios e Inquilinos. Una persona o empresa que busque desalojar a un inquilino u otro ocupante puede presentar una Demanda por posesión en la Oficina del Secretario de Propietarios e Inquilinos. Si un arrendador solo quiere demandar por el alquiler u otros daños (pero no por la posesión de la propiedad), el arrendador debe entablar una demanda en la Subdivisión de Reclamos Menores o de Acciones Civiles. Los inquilinos que deseen demandar a sus propietarios deben entablar una demanda en la Sección de Reclamos Menores o en la Sección de Acciones Civiles. Los inquilinos con ciertos tipos de reclamos contra sus propietarios también pueden presentar peticiones y solicitar una audiencia en la División de Conversión y Alojamiento de Alquiler del Departamento de Asuntos Regulatorios y del Consumidor (202-442-4610).

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arrendados