Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

¿Cómo presento un reclamo contra el demandante?

Si un acusado desea presentar un reclamo contra el demandante en el mismo caso, se debe presentar una compensación por escrito o una reconvención, de conformidad con la Regla del Tribunal Superior para reclamos menores 5. Una compensación es una reclamación por separado que el demandado tiene contra el demandante que se puede usar para reducir la cantidad de dinero que el demandado le debe al demandante. Si el demandado gana la compensación, la cantidad de dinero de mayo 2011 12 que gana el demandado se restará de cualquier dinero que el demandado le deba al demandante. Si el monto de la compensación es mayor que el monto de la reclamación del demandante, el demandante no está obligado a pagar dinero al demandado al final del caso. Si el demandado desea poder cobrar el dinero del demandante, el demandado debe presentar una contrademanda. No hay una tasa de presentación para una compensación. Una reconvención es un reclamo separado que el demandado tiene contra el demandante. Con una reconvención, el demandado puede obtener una sentencia en contra del demandante por el dinero que el demandante le debe al demandado. Se puede obtener un formulario de reconvención en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores o en Internet en http://www.dccourts.gov/dccourts/superior/civil/forms.jsp. El costo para presentar una contrademanda es de $ 10.00, a menos que el juez no aplique el cargo.

¿Cómo presento una demanda en la oficina del secretario de reclamos menores?

Comienza un caso presentando una declaración de reclamo en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores. La oficina del secretario de reclamos menores está ubicada en el edificio de la corte B, 510 4th Street, NW, sala 120. La parte que presenta el caso se llama el demandante. El acusado es la persona que está siendo demandada. La declaración de la demanda es un documento que explica por qué el demandante cree que el acusado debe dinero al demandante.

¿Cómo hago una solicitud para continuar mi audiencia inicial?

Una parte puede llamar a la oficina del secretario de reclamos menores al (202) 879-1120 solicitar la prórroga de la audiencia inicial. Una prórroga, si se concede, retrasará la audiencia inicial hasta una fecha futura. Primero debe llamar a la otra parte e intentar ponerse de acuerdo para cambiar la fecha. Si ambas partes acuerdan una nueva fecha, se debe presentar en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores un praecipe (un formulario oficial utilizado para solicitar al secretario o al tribunal que realice un acto) para continuar con el caso. El recetario debe solicitar que el secretario continúe con la audiencia inicial hasta una fecha específica dentro de los 21 a 30 días y señalar que todas las partes acordaron cambiar la fecha de la audiencia. El recetario debe ser firmado por todas las partes pro se y por lo menos un abogado, si una de las partes tiene abogado. Las partes pueden acordar continuar el caso solo una vez. Puede obtener un formulario de receta en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores o en Internet en https://www.dccourts.gov/services/forms. El secretario enviará por correo un aviso con la nueva fecha de audiencia a todas las partes.

¿Cómo se realiza el servicio al acusado, es decir, cómo notificamos al acusado que está siendo demandado?

El demandante es responsable del servicio del proceso al acusado, por los siguientes métodos: Servidor de proceso especial: alguien que tenga al menos dieciocho años de edad y no esté involucrado en el caso; o correo certificado o registrado con un recibo de devolución del Servicio Postal de los Estados Unidos; o Correo postal de primera clase: se adjunta un formulario de acuse de recibo para que el acusado firme y regrese al tribunal.

¿Cómo me preparo para la cancha?

"Todas las partes pueden llevar a los testigos (personas que tienen conocimiento de primera mano del caso) a los tribunales para que declaren bajo juramento en la audiencia. Si un testigo no acepta comparecer ante el tribunal, el Tribunal puede emitir una citación ordenando que la persona presente en el tribunal o entregue los documentos del Tribunal que respaldan el caso. La citación debe ser entregada al testigo por un servidor de procesos. El servidor de procesos no tiene que ser aprobado por la Oficina del Secretario de Reclamaciones Menores, pero debe ser mayor de la edad de 18 y no puede ser parte en el caso. La citación puede ser entregada en el Distrito de Columbia o dentro de 25 millas de la Corte. Todas las partes deben llevar a la corte, documentos (contratos, recibos, pagarés, cartas, cheques cancelados, fotos u otros No se puede emitir una citación para ordenar a una persona que lleve documentos a la corte. No se aplican cargos por presentar una citación a un juez. testigo o r documentos más equest La citación debe emitirse mucho antes de la fecha de la audiencia para que haya tiempo de entregarla. La prueba de entrega de la citación debe presentarse en la Oficina del Secretario de Reclamos Menores, anotando la forma de entrega, el nombre de la persona que recibe el servicio y la firma de la persona que hizo el servicio, cinco días hábiles antes de la fecha de la corte. La prueba de entrega se encuentra en la parte posterior del formulario de citación ".

¿Cómo puedo averiguar el próximo evento en mi caso?

Si tiene un número de caso civil, se le puede proporcionar esta información. Por favor traiga consigo la notificación del evento programado a la corte. Si no tiene su aviso de la corte con usted, preséntese en la Oficina de Revisión de Calidad, Sala 5000, e informe al secretario del nombre de la parte. El secretario buscará la información en el sistema informático de la corte y revisará los hechos con usted. O puedes llamar (202) 879-1750.