Mediación de Apelación

Última actualización: 02/18/2026

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En 2016, se inició el Programa de Mediación de Apelaciones para brindar a los litigantes representados la oportunidad de participar en la mediación. El Tribunal inició el programa bajo Orden Administrativa 4-16Con ciertas excepciones, todos los asuntos civiles, familiares, sucesorios y administrativos son elegibles para mediación. El programa examina estos asuntos para determinar si la mediación es apropiada y si las partes están dispuestas a mediar en apelación.

Las partes que no estén representadas por un abogado no serán elegibles para la mediación. El 3 de abril de 2018, el Tribunal emitió la Orden Administrativa 2-18La Orden permite que los litigantes sin representación legal participen en la mediación mediante una representación limitada. Un litigante que se representa a sí mismo puede contratar a un abogado, únicamente para fines de mediación. Si, tras la evaluación, el programa considera que un asunto es apropiado para mediación y el litigante que se representa a sí mismo no puede costear un abogado debido a su situación financiera, el programa puede proporcionarle asesoría legal gratuita para la mediación. Esto lo determina el programa y se basa en la disponibilidad de asesoría legal gratuita.

El Tribunal mantiene una lista de abogados voluntarios dispuestos a dedicar su tiempo, cuando estén disponibles, a asistir a litigantes que se representan a sí mismos en una comparecencia de alcance limitado con fines de mediación. Esto no impide que el abogado y el cliente celebren un acuerdo de representación para la apelación si el asunto no se resuelve en la mediación.

Título (Tenga en cuenta que todos los formularios deben enviarse en inglés)Descargar PDF
Orden Administrativa 4-16Inglés
Orden Administrativa 2-18Inglés
Acuerdo para mediar

Inglés

español

Amárico

Declaración de Mediación Confidencial

Inglés

español

Amárico

Código DC, Título 16, Capítulo 42Inglés
Declaración de revisión de la mediación (recurso administrativo)

Inglés

español

Amárico

Declaración de revisión de la mediación (apelación civil)

Inglés

español

Amárico

El proceso para los abogados

El abogado debe presentar una declaración de selección ante el Tribunal. Esta declaración se presenta junto con la Notificación de Apelación o la Solicitud de Revisión. También se notifica al abogado de la parte contraria. El personal del programa revisará la declaración y cualquier otro documento presentado en la apelación.

El tribunal, y puede consultar con el abogado, para determinar si un asunto es apropiado para la mediación. Si el asunto es seleccionado para la mediación, el abogado recibirá una orden que requiere que las partes participen en la mediación. La orden identificará al mediador, fijará una fecha límite de 15 días después de la emisión de la orden para que las declaraciones confidenciales de mediación se presenten al programa de mediación e informará a las partes y al abogado que la mediación debe programarse dentro de los 45 días posteriores a la orden. El mediador será responsable de programar las sesiones de mediación y las reuniones previas a la mediación. En la mayoría de los casos, los plazos de apelación se suspenderán a la espera de la conclusión del proceso de mediación. El programa enviará a los abogados un correo electrónico con la Orden de Mediación, un formulario en blanco de Declaración Confidencial de Mediación y un Acuerdo para mediar junto con los próximos pasos para organizar la mediación.

Tenga en cuenta que la Declaración de Mediación Confidencial solo se presenta en el programa de mediación y no se comparte con el abogado contrario si el asunto se selecciona para mediación.

El proceso para litigantes que se representan a sí mismos

La parte que se representa a sí misma recibirá una orden del Tribunal notificando que su asunto ha sido remitido a mediación para su evaluación. Esto no significa que el asunto vaya a ser mediado, sino que se está revisando su caso para determinar si es apropiado para mediación. El litigante que se representa a sí mismo recibirá una notificación si su asunto es seleccionado para mediación y se le explicarán sus opciones para contratar a un abogado para la mediación.

La parte que se representa a sí misma no presenta una declaración de selección ni una declaración de mediación confidencial.

Panel de abogados de mediación pro bono

El Panel Pro Bono de Mediación de Apelaciones está actualmente reclutando abogados voluntarios que estén interesados ​​en representar a partes pro se en casos que han sido seleccionados para mediación.

Si se selecciona un caso para mediación y el litigante desea participar, se le remitirá a un abogado (según disponibilidad) que haya expresado interés en aceptar dichas remisiones del Programa de Mediación de Apelaciones. Si el litigante y el abogado acuerdan colaborar, firmarán un acuerdo de representación de alcance limitado para la mediación, de conformidad con Orden Administrativa 2-18Si el caso no se resuelve en mediación, el litigante y el abogado pueden celebrar un acuerdo de representación que estipule que el abogado represente al litigante durante toda la apelación.

Para ser elegible como abogado de mediación pro bono, los solicitantes deben tener una buena reputación en el Colegio de Abogados de Washington D. C., tener al menos dos años de experiencia como abogado en ejercicio y completar la capacitación requerida por el Tribunal de Apelaciones. Los abogados que no hayan representado a partes en mediaciones o apelaciones deben asegurarse de contar con la supervisión o el apoyo adecuados de un abogado con experiencia antes de aceptar la recomendación de un cliente.

Aplicación

Para solicitar servir como abogado de mediación pro bono, complete el formulario Solicitud de asesoría para mediación pro bono y enviarlo a mediación [en] dcappeals.gov.

Convertirse en un Mediador Voluntario

Los mediadores deben tener licencia para ejercer la abogacía en cualquier estado de Estados Unidos y contar con amplia experiencia en la mediación de casos litigados. Deberán participar en una orientación impartida por el Tribunal. El Tribunal también ofrecerá periódicamente capacitación opcional y oportunidades educativas gratuitas a los mediadores del panel. Actualmente, el programa necesita mediadores con experiencia en asuntos de familia y sucesiones.

Aplicación

Los mediadores que deseen solicitar ser miembros del panel, descargue y envíe el Postulación a mediación [at] dcappeals.gov.

Mediadores de Apelaciones

Mediador
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Información de Contacto

Para más información sobre la mediación, póngase en contacto con:

Correo electrónico: mediation [at] dcappeals.gov

Teléfono: (202) 879-9936

*Tenga en cuenta que las reuniones y consultas con el coordinador del programa de mediación son solo con cita previa. Las personas sin cita previa no tendrán acceso a la sala de mediación para garantizar la confidencialidad de los participantes en la mediación.