Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Mediación entre propietarios e inquilinos

  • El Programa de Mediación entre Propietarios e Inquilinos ayuda a las personas con casos de Propietarios e Inquilinos a llegar a un acuerdo aceptable para todos los participantes y evitar la necesidad de un juicio.
  • Los mediadores no toman partido. Su trabajo es ayudar a los participantes a llegar a un acuerdo que sea mutuamente aceptable.
  • Se proporcionan tres tipos de mediación para casos de propietarios e inquilinos: mediación en juicio sin jurado, mediación en juicio con jurado y mediación anticipada.

¿Cómo participo en una mediación de juicio entre propietarios e inquilinos?
Se le ofrece la mediación en juicio sin jurado si su caso es escuchado por un juez, no por un jurado. El tribunal programará su mediación en su audiencia inicial para una fecha anterior a la fecha del juicio. Todas las mediaciones de los juicios sin jurado se llevan a cabo de forma remota a menos que los participantes soliciten y acuerden una mediación en persona.


¿Cómo participo en una mediación en un juicio con jurado entre propietarios e inquilinos?
Se le ofrece la mediación de juicio con jurado si solicitó un juicio con jurado. Su mediación se programará después de que se presente una demanda del jurado. Todas las mediaciones de juicios con jurado se llevan a cabo de forma remota a menos que los participantes soliciten y acuerden una mediación en persona.

¿Cómo participo en una mediación temprana entre propietarios e inquilinos?
Las partes en casos calificados pueden participar voluntariamente en una mediación temprana como parte del Programa de Desvío de Desalojo de los Tribunales. Las primeras sesiones de mediación se llevan a cabo después de la presentación pero antes de la audiencia inicial. Para obtener más información sobre el Programa de Desvío de Desalojo, haga clic aquí.

¿Cómo debo prepararme para la mediación?
Para la mediación remota, su administrador de casos le enviará un correo electrónico de 7 a 10 días hábiles antes de la fecha de mediación. El correo electrónico incluirá información sobre el proceso de mediación remota e instrucciones sobre cómo participar. También obtendrá el enlace para unirse a la mediación virtual y la información de contacto de su mediador y administrador de casos.

Para una mediación en persona, planee presentarse en el mostrador de registro del primer piso en la oficina de puertas múltiples (410 E Street, NW) aproximadamente 15 minutos antes de la mediación programada.

Si no tiene un abogado, le recomendamos que consulte con un asesor legal antes de la mediación programada. Haga clic aquí para obtener información sobre el Centro de recursos para propietarios e inquilinos.

¿Puedo solicitar una mediación en persona?
Puede solicitar una mediación en persona al momento de programar la cita. Todos los participantes deben aceptar una mediación en persona. Hay un número limitado de espacios de mediación en persona disponibles para los miércoles por la mañana.

Para convertir su mediación remota ya programada en una sesión en persona, debe enviar una Solicitud de comparecencia en persona dentro de las 24 horas posteriores a la recepción del correo electrónico de programación de la mediación enviado por su administrador de casos. El administrador de casos hará un seguimiento con la(s) parte(s) solicitante(s) dentro de las 24 horas posteriores a la solicitud.

¿Las mediaciones son confidenciales?
Sí, la mediación es confidencial. Sin embargo, las amenazas creíbles de violencia y los informes de abuso a niños o ancianos son una excepción a esta regla.

¿Qué sucede si se llega a un acuerdo en la mediación?
Los acuerdos alcanzados en la mediación se asentarán en el expediente del Tribunal. Todos los participantes recibirán una copia del acuerdo.

¿Qué sucede cuando no se llega a un acuerdo en la mediación?
Si no se llega a un acuerdo, irá ante el juez para el siguiente paso en su caso.

¿Qué sucede si la otra parte no cumple los términos del acuerdo?
Si una de las partes no sigue los términos del acuerdo, el tribunal hará cumplir el acuerdo escrito cuando se le notifique que un participante no está siguiendo los términos.

Contacto
División de Resolución de Disputas de Puertas Abiertas

Edificio de la corte A
515 Fifth Street, NW, tercer piso
Washington, DC 20001

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Horario de Mediación:
9.00a.m. a 3: 00 pm

Horas suplementarias de mediación para la familia:

Martes, miércoles y jueves:
6:00 pm

Sábados:
10: 00 am o 12: 00 pm

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(202) 879-1549

Oficial de programa ADR civil: Perrin Scanlon:
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Perrin.Scanlon [At] dcsc.gov (Perrin[punto]Scanlon[arroba]dcsc[punto]gov)

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(202) 879-1549
LTPmediation [At] dcsc.gov (LTPmediation[arroba]dcsc[punto]gov)