Sellos de la Corte de Apelaciones y de la Corte Superior
Tribunales del Distrito de Columbia

Elegibilidad

Una persona es elegible para compensación por el Programa de Compensación de Víctimas del Crimen si ...

  • La víctima sufrió lesiones personales (lesiones físicas o trauma emocional) o la muerte en el Distrito de Columbia, o la víctima es un residente del Distrito que ha sufrido lesiones personales como resultado de un acto terrorista o acto de violencia masiva cometido fuera del Estados Unidos.
  • El crimen fue reportado a la policía dentro de los siete días de ocurrido. Excepciones: las víctimas de agresión sexual pueden satisfacer el requisito de presentación de informes obteniendo un examen de agresión sexual; las víctimas de violencia doméstica pueden satisfacer el requisito solicitando una orden de protección civil; y las víctimas de crueldad infantil cumplen con el requisito de informar si se presenta una petición de negligencia en el Tribunal Superior de DC.
  • La solicitud de compensación se presenta dentro de un año después del crimen, o dentro de un año después de conocer el programa, si muestra adecuadamente que el retraso fue razonable.
  • La víctima coopera razonablemente con las solicitudes de las autoridades.
  • La víctima no participó, consintió ni provocó el delito que causó su lesión.
  • La concesión de una indemnización no enriquece injustamente al infractor.

Haga clic para ver los requisitos de elegibilidad del programa, la lista de verificación de documentación inicial y la documentación de reembolso..

Contacto
Programa de Compensación para Víctimas del Crimen

Edificio de la corte A
515 5th Street, NW, Sala 109
Washington, DC 20001

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Horario de Atención

Lunes-viernes:
8: 30 5 am a: 00 pm

 

Excepciones
Todos los días festivos del gobierno

Números de Teléfono

Blanche Reese, directora del programa

202-879-4216

202-879-4230

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